COMENTARIO AL DÍA

SOY DOCENTE DE LA ESPECIALIDAD DE COMUNICACIÓN Y TÉCNICO EN COMPUTACIÓN E INFORMÁTICA, TRABAJO EN LA IEE "FRANCISCO IRAZOLA" Y EN SENATI. TENGO EXPERIENCIA EN TRABAJOS TÉCNICOS PEDAGÓGICOS, TRABAJOS TUTORIALES DE ACOMPAÑAMIENTO, TRABAJOS DE CABLEADO Y CONFIGURACIÓN DE REDES, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE COMPUTADORAS, ASESORO EN ELABORACIÓN DE CUADRO DE HORAS, ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA SIAGIE (MED) Y ADMINISTRACIÓN DE HORARIOS ESCOLARES (ASC HORARIOS), GRADO DE MAESTRO CON LA MENCIÓN EN ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA, ESTUDIOS CONCLUIDOS DE SEGUNDA ESPECIALIZACIÓN EN COMUNICACIÓN (MINEDU-UNCP), EXPERIENCIAS DE TRABAJO COMO ESPECIALISTA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN A CARGO DE LA REGIÓN LORETO (2015) Y HUÁNUCO (2016), EXPERIENCIAS COMO TUTOR ONLINE Y CAPACITADOR DE AULAS FUNDACIÓN TELEFÓNICA Y EN LA ACTUALIDAD SOY ESPECIALISTA DESIGNADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA A CARGO DEL ÁREA DE COMUNICACIÓN E INFORMÁTICA DE LA UGEL RÍO TAMBO - SATIPO

martes, 14 de mayo de 2013

Minedu anuncia evaluaciones para maestros que laboraban bajo antigua Ley del Profesorado.


En los meses de octubre y diciembre de este año el Ministerio de Educación convocará a evaluaciones voluntarias en las que podrán participar todos los docentes que hasta hace poco laboraban bajo la Ley del Profesorado y que no han pasado por ningún examen sobre su desempeño, se informó hoy.

El viceministro de Gestión Pedagógica, Martín Vegas, indicó que los profesores que ya se encontraban dentro de los alcances de la Ley de Carrera Pública Magisterial han tenido ascensos, pero quienes vienen de la antigua Ley del Profesorado hace muchos años que no son evaluados y por eso han sido incluidos entre los niveles I y III de la nueva norma.

“Ahora queremos que tengan la oportunidad de ser evaluados y ubicarse hasta el nivel VI, pero esta evaluación no es obligatoria ni punitiva y quienes participen lo harán de manera voluntaria”, dijo a la agencia Andina.

Vegas destacó el interés mostrado por los profesores, quienes, dijo, ya están averiguando y buscando información sobre las evaluaciones.

Asimismo, invitó a la dirigencia del Sindicato Unitario de Trabajadores de la Educación Peruana (Sutep) a participar en estas convocatorias para que tengan la oportunidad, como maestros, de lograr ascensos.

Aseguró que la Ley de Reforma Magisterial implica mejoras económicas para los docentes, pero también nuevas exigencias, pues cada tres años se evaluará el desempeño de los profesores.

Recordó que el primer tramo del aumento de sueldos se concretó entre enero y marzo y que en octubre y diciembre la oportunidad será para quienes vienen de la Ley del Profesorado.

“Esta es una estrategia que, por tres años, irá mejorando las remuneraciones de los maestros, para lo cual los recursos están plenamente garantizados en el presupuesto de este año, por lo que los profesores deben estar tranquilos”, enfatizó.

En noviembre del año pasado, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley de Reforma Magisterial, que unifica en una sola norma a los docentes de la Ley del Profesorado y de la Ley de Carrera Pública, y garantiza la meritocracia en el magisterio.

Fuente: Andina

Modificarían Ley universitaria que permitiría ingreso directo.


Para lograr que el proyecto este en agenda del Congreso, el congresista Leónidas Huayma ha iniciado una serie de reuniones de trabajo con instituciones privadas, colegios profesionales y representantes de las diversas universidades del país.

El congresista Leónidas Huayama presentó ayer el Proyecto de Ley Nº 2199 que modifica la Ley universitaria Nº 23733 para permitir el ingreso directo a las universidades; la incorporación obligatoria del curso de un idioma extranjeroy la inclusión de personas con discapacidad.
Este nuevo sistema universitario peruano tiene por finalidad darles oportunidades a los jóvenes, pero con una cultura evaluativa más exigente en donde exista unarelación estrecha entre la educación secundaria, la educación superior y las actividades productivas.
"Necesitamos un sistema que vaya acorde al desarrollo sostenible de nuestros pueblos, donde nuestros estudiantes de la secundaria tengan una estrecha vinculación con la universidad y no sea una valla para su ingreso", sostuvo Huamaya.
Además, precisó que es de vital importancia que se incluya en el plan de estudios el curso de un idioma extranjero para obtener el Grado de Bachiller.
"Las universidades esperan hasta los últimos ciclos para prácticamente obligar a sus alumnos llevar un idioma extranjero, muchas de esas universidades lucran con esa realidad y crean institutos de idiomas donde se les cobra a los alumnos. Estando el curso de idioma extranjero sea inglés, portugués u otro idioma en el plan curricular sería totalmente gratuito", manifestó.
SISTEMA DE ADMISIÓN
En el Proyecto de Ley presentado por el congresista, el sistema de admisión es libre. Estableciéndose dos ciclos básicos de Estudios Generales que durarán dos semestres.
Para continuar los estudios universitarios, los alumnos deberán someterse a una evaluación que tiene tres componentes: Promedio de los dos ciclos (40%)Examen Final ((20%) Promedio de los cinco grados de Educación Secundaria (40%). La sumatoria de las notas ponderadas de los tres componentes debe ser, mínimo, once (11) para continuar en la universidad.
"Si el alumno aprueba la evaluación  pasa al tercer ciclo en la universidad, encaso contrario, el alumno tiene la opción de convalidar sus estudios en otras instituciones de Educación Superior; es por ello que los estudiantes deberán prepararse aún más y lasInstituciones de Educación Secundaria tendrán que innovar sus estrategias de enseñanza - aprendizaje", explicó Huayama.
Finalmente, el parlamentario indicó que la admisión para personas discapacitadas, se realizará bajo un sistema de previa calificación especial, de acuerdo con la Ley Nº 29973,Ley General de la Persona con Discapacidad.

Docentes y directores que laboren en zonas rurales y de frontera recibirán asignación temporal.


También los docentes que enseñen en zonas rurales o de frontera. Montos se determinarán con decreto

En enero del 2014 se determinará el monto de las asignaciones temporales que recibirán los docentes y directores que laboren en zonas rurales y de frontera. Este beneficio será adicional a la Remuneración Íntegra Mensual (RIM), afirmó el director de Trayectoria y Bienestar Docente del Ministerio de Educación, Manuel Paiba. Manifestó además que se entregará una “asignación especial” a los maestros que laboren en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (Vraem). “Solo los que laboren en esas zonas recibirán una asignación especial del Estado", manifestó.

Estas sumas de dinero aún no se han fijado –explicó– porque todavía falta determinar qué es una área rural y qué es una zona de frontera para normar los montos, que serán fijados mediante decreto supremo.

Además, informó que actualmente existen dos tipos de asignaciones “muy distintas”. Los que se entregan a los profesores de la Ley del Profesorado (1984) y a los de la Carrera Pública Magisterial (CPM) del 2007.

“Los docentes de la Ley del Profesorado reciben actualmente como asignación 45 soles por trabajar en zonas rurales y fronterizas. En tanto, los que están en la CPM reciben como asignación el 10% del RIM", detalló Manuel Paiba.

Entonces, señala que con la reglamentación, en enero, la asignación será única y no diferenciada. Después se podrán reglamentar los montos para cada tipo de maestro, este benefició dependerá de las escalas de los docentes del país.

grados de asignación

Según Manuel Paiba existen tres grados de asignaciones para los que trabajen independientemente en zonas rurales y de frontera del país.

“El primero se entregará cuando el docente labora en zonas de difícil acceso, rurales y fronterizos. El segundo en centros educativos unidocentes (donde solo enseñe un profesor) y en centros multigrado (donde uno o más profesores enseñan a alumnos de diversos grados). El último, son las zonas donde se eduque a alumnos bilingües”, explicó.

“El profesor puede percibir simultáneamente más de una asignación temporal, en caso le corresponda”, precisa la nueva Ley de Reforma Magisterial.

Fuente: LaRepública

Piden pago del 30% por preparación de clases en sus casas



Ese beneficio no está en la nueva ley magisterial, indica representante del Sutep. Además, 90% de maestros bajó de nivel y 130 mil no ascenderán en nueva evaluación.
En la Ley de Reforma Magisterial no se consigna la bonificación especial de preparación de clases y evaluaciones de los maestros a nivel nacional, informó preocupado Hemer Villena Zuñiga, secretario general del Sutep. Entonces exigió que ese derecho sea devuelto.
Además denunció que el 90% de los profesores descendieron de nivel al entrar en vigencia dicha ley. “Los maestros realizan labores extra, fuera del horario de clases, por ejemplo, muchos de ellos preparan sus clases en sus casas y también corrigen los exámenes en sus predios, entre otras actividades”, dijo Villena, tras indicar que antes recibían por esa labor el 30% de su sueldo.
A su turno, el director de Trayectoria y Bienestar Docente del Ministerio de Educación, Manuel Paiba, aclaró que este concepto se encuentra integrado en la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) del docente.
Además, dijo que esta bonificación fue creada en el gobierno de Alan García en 1990, sin realizar un plan de pagos. Luego el gobierno siguiente (Fujimori), mediante un decreto, interpretó la ley creando una bonificación total y permanente, pagando cinco conceptos de la remuneración.
“Al pagar el 30% de los conceptos, el monto era más pequeño. Luego en el 2006 un grupo de profesoras pidió que se aplique la ley mediante un proceso judicial, y lo logró. Entonces, otros profesores exigieron lo mismo”, comentó Manuel Paiba.
130 mil no ascenderían
Por otro lado, el representante del Sutep denunció que el 90% del profesorado descendieron de nivel al crear la Ley de Reforma Magisterial. Indica que en junio habrá una evaluación de ascenso, pero en ese concurso se ofrecerán 40 mil plazas, y se dejará de lado a 130 mil maestros sin la posibilidad de ascender.
Ante esta afirmación, Manuel Paiba explicó que existen 196 mil docentes en la Ley del Profesorado, de los cuales 117 mil están ubicados en el nivel II, quienes pese a que recibieron un aumento de sueldo, fueron descendidos al primer nivel magisterial. “Desde enero los sueldos subieron y en los meses de junio y octubre se efectuará una nueva evaluación de ascenso, en la que voluntariamente los docentes de la Ley del Profesorado podrán saltar de nivel para recuperar o superar su categoría hasta el nivel VI”, puntualizó.
Publicado por Jaime Quispe

Podrían declarar la inconstitucionalidad de la Ley de Reforma Magisterial



Tribunal Constitucional admitió dos demandas interpuestas por el Decano Nacional del Colegio de Profesores del Perú y el Congresista Yonhy Lescano: Tal parece que la tan mentada Ley de Reforma Magisterial – LRM, que viene impulsando el gobierno no las tiene todas consigo, toda vez que el Tribunal Constitucional podría declarar su inconstitucionalidad.
TC ADMITIÓ DOS DEMANDAS
Recientemente admitió a trámite dos demandas de inconstitucionalidad contra esta cuestionada norma, la primera interpuesta por el Decano Nacional del Colegio de Profesores del Perú, Manuel Rodríguez y la segunda, por el veinticinco por ciento del número legal de congresistas de la República, debidamente representados por el parlamentario Yonhy Lescano Ancieta indicaron fuentes del TC.
Señalan las mismas fuentes que, el Tribunal Constitucional-TC actuó, de conformidad a lo dispuesto en el inciso 1), del artículo 202º de la Constitución Política del Perú y el artículo 98º del Código Procesal Constitucional. En el primer caso, el 28 de noviembre de 2012, el Decano Nacional del Colegio de Profesores del Perú-CPPe, Manuel Eusebio Rodríguez Rodríguez, interpuso una demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 18° de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial – LRM, publicada con fecha 25 de noviembre de 2012 en el diario oficial El Peruano.
Ante esto el Tribunal Constitucional resolvió, mediante Resolución de fecha 07 de mayo dc 2013, admitir a trámite la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por la persona antes mencionada y trasladar la demanda al Congreso de la República conforme a lo establecido en el art 107° inciso 1), del Código Procesal Constitucional.
La misma suerte corrió la demanda de inconstitucionalidad interpuesta el 5 de diciembre de 2012 por el 25% de congresistas de la República, debidamente representados por el parlamentario puneño, Yony Lescano, esta vez contra toda la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial por considerar que esta norma vulnera los artículos1°, 2°, 5°, 23°, 24° y 26°, inciso 2 de la Constitución Política del Perú, que también fue admitida por el Tribunal Constitucional.
Por otro lado, se sabe que aún está pendiente que el Tribunal Constitucional resuelva una tercera demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Sindicato Unitario de Trabajadores en la Educación del Perú-SUTEP contra 15 artículos y 2 disposiciones de la cuestionada Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial.
Fuente:educacionenred.com

jueves, 9 de mayo de 2013

Reglamento de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial


El Poder Ejecutivo aprobó el reglamento de la Ley 29944, conocida como Ley de Reforma Magisterial, la cual que permitirá extender la carrera magisterial de cinco a ocho niveles, así como ampliar el horizonte remunerativo de los maestros, basados en méritos.

Mediante un decreto supremo, se señaló que esta ley tiene como finalidad normar las relaciones entre el Estado y los maestros que trabajan en instituciones y programas educativos públicos de educación básica y técnico-productiva y en las instancias de gestión educativa descentralizada.

Asimismo, se resalta la necesidad de incentivar el desarrollo profesional y el buen desempeño laboral del profesor, como uno de los factores determinantes para lograr la calidad de la educación nacional.

Hoy se publicó, en el diario oficial El Peruano, el decreto supremo del reglamento que contiene 214 artículos, doce disposiciones complementarias finales, diez disposiciones complementarias transitorias y una disposición complementaria derogatoria.

El mencionado decreto supremo está refrendado por el jefe de Estado, Ollanta Humala Tasso, y la ministra de Educación, Patricia Salas O’Brien.



DESCARGAR

Este documento desarrolla y reglamenta los 6 títulos de la nueva ley aprobada el 25 de noviembre del 2012.






Ahora, los profesores que vienen de los dos regímenes anteriores, que fueron la Ley del Profesorado (1984) y la Ley de la Carrera Pública Magisterial (2007), se unirán a este nuevo régimen. Que tiene en su estructura ocho escalas magisteriales y sus aumentos (ver infografía), las cuales tienen requisitos específicos vinculados a tiempo de permanencia, formación académica y competencias pedagógicas diferenciadas, tomando como base el Marco del Buen Desempeño Docente. 


"Los profesores de la Ley de Carrera Pública, como ya fueron evaluados, se están reubicando en un nivel mayor. En el caso de los docentes de la antigua Ley del Profesorado, al no haber sido evaluados aún, se encuentran ubicados en los niveles I, II o III de esta nueva ley. Ahora, a partir de la publicación del nuevo reglamento se hará una evaluación para que sean ubicados en los niveles superiores, hasta el sexto nivel", explicó Martín Vegas, viceministro de Educación.   


Pero ¿cómo podrán ascender los profesores en la Ley de Reforma Magisterial? Tal y como refiere el viceministro Vargas, los maestros ingresarán al nuevo régimen por sus conocimientos, a fin de ser reubicados en una de las escalas magisteriales. 

"El ingreso a la Ley de Reforma Magisterial se divide en dos etapas, una nacional, a cargo del Ministerio de Educación, y otra en la institución educativa. La primera consiste en una prueba clasificatoria en la que se califican las habilidades generales del maestro, conocimientos disciplinarios o de la especialidad, nociones pedagógicas y curriculares", comentó el viceministro.


La segunda etapa está a cargo de la institución educativa en la que trabaja el docente y en ella se evalúa la capacidad didáctica, formación profesional, méritos y experiencia profesional del profesor. El puntaje total del postulante para determinar su ubicación en el cuadro de méritos resulta de sumar los puntajes obtenidos en las dos etapas. El postulante es nombrado siempre que alcance plaza vacante y supere el puntaje mínimo establecido, en estricto orden de méritos.



"En octubre del 2013 se realizará la evaluación de reubicación; esta es voluntaria para los profesores que vienen de la Ley del Profesorado (de 1984) y que desean pasar a una escala más alta", dijo Vegas.

DESEMPEÑO DOCENTE



Luego, al estar ubicados en una escala magisterial, los profesores tendrán una evaluación de desempeño docente, que se realizará cada 3 años. Esto determinará los ascensos y la permanencia de los profesores en la carrera. 



"La evaluación del desempeño es más que un examen, ya que también se evalúa el trabajo del profesor en el aula; al aprobar estas evaluaciones el profesor se presenta al ascenso en la estructura de escalas magisteriales",  sostuvo el director de Trayectoria y Bienestar Docente del Ministerio de Educación, Manuel Paiba.



El funcionario indicó que este reglamento también permite identificar las necesidades de formación en el servicio del profesor para mejorar su práctica docente. Pero ahora, el maestro debe tener en cuenta que si desaprueba esta evaluación de desempeño en tres oportunidades, el Ministerio de Educación lo despedirá de su puesto laboral.



"Cuando un docente desaprueba la evaluación de desempeño, el Ministerio de Educación lo capacita por 6 meses; posteriormente la entidad ministerial nuevamente lo evalúa, y si desaprueba por segunda vez lo seguirá capacitando. Si la desaprobación persiste, se le rescindirá el contrato, previo pago de las obligaciones de ley que la institución debe depositar", informó Paiba.



Además, la ley contempla el concurso para evaluación de ascenso que busca promover el reconocimiento social y profesional de los profesores, evaluando la calidad del desempeño, la idoneidad profesional, la formación y los méritos. También la evaluación para el acceso a cargos, como los de directores y jefes de Ugel.



"Entre los meses de julio y setiembre se evaluará a los docentes que deseen acceder a un cargo como director de colegio. Vamos a poner a concurso 15 mil plazas de directores de instituciones educativas; los profesores deberán demostrar capacidad para la gestión educativa", argumentó el viceministro. 



ALGUNAS CRÍTICAS



El educador Idel Vexler revisó en forma preliminar el reglamento e indicó que en este reglamento no se fijan las asignaciones y bonificaciones referidas a los cargos de director, subdirector, a los que trabajan en áreas rurales, y otros beneficios que en la antigua ley sí se encontraban establecidos.



"Hay que reconocer que ha habido un avance en relación con el anteproyecto de ley, al no establecer que para el sexto y sétimo nivel se requería la maestría y para el octavo el doctorado. Ahora se pide la maestría para el sétimo y el doctorado para el octavo. Creo que es un avance, aunque hubiera sido positivo que no se exija el doctorado en la escala magisterial. Pero hay que analizar bien el reglamento porque existen muchas aristas que se deben destacar o criticar", expresó Idel Vexler.  



Por su parte el secretario general del Sutep, Hamer Villena, criticó la nueva ley de reforma magisterial porque, explicó, reduce la participación gremial. “Con este nuevo reglamento no podemos evaluar a los contratados y ni participar en los procesos de nombramiento de docentes ni administrativos. Además no nos permite realizar evaluaciones de desempeño. No existe tolerancia en la tardanza y da facultades excesivas al director para que haga una labor de fiscalización”, precisó.



LOS PROFESORES QUE SUPEREN LOS 65 AÑOS DE EDAD SERÁN JUBILADOS 



Antes los profesores se jubilaban a los 70 años, ahora con el reglamento ocurrirá a los 65 años.



"En este mes de mayo todos los profesores que se encuentren en el tramo de los 65 y 70 años, serán jubilados. Ellos recibirán una compensación por tiempo de servicios", expresó el viceministro Martín Vegas.



La autoridad ministerial indicó que esta compensación se encuentra en ascenso en el nuevo reglamento. Ahora los maestros reciben por año de servicios un catorceavo de su remuneración anual por compensación de tiempo de servicios.



El reglamento dice en el artículo 114.- Retiro por límite de edad: "El profesor es retirado definitivamente al cumplir sesenta y cinco (65) años de edad. El retiro se efectúa de oficio debiendo la administración comunicar del hecho al profesor en un plazo no menor de quince (15) días calendario previos al retiro.


EN CIFRAS



15 mil plazas para directores habrá el 2013, la evaluación es para que demuestren su capacidad de gestión.



1,243 es el salario de un maestro al encontrarse en el I nivel de la escala, tras laborar 24 horas pedagógicas semanales.



2 veces se permitirá al docente desaprobar en la evaluación. A la tercera será despedido.



Más Datos



El congresista Daniel Mora cuestionó la ausencia de los montos de asignaciones basados en la jornada laboral de 40 horas pedagógicas para ser considerados en el presupuesto del próximo año, así como la falta de leyes que regulen los dos concursos excepcionales de acceso a la tercera, cuarta, quinta y sexta escala.



“En el reglamento no están contemplados estos montos, esto debe hacerse por el decreto supremo específico, norma que estamos preparando con los cálculos correspondientes para su efecto presupuestal”, dijo Salas, antes de informar que los citados concursos están siendo elaborados todavía.


Fuente:

La Republica
El Comercio

viernes, 19 de abril de 2013

Conoce los cuatro tipos de evaluación para el ingreso a la nueva Ley de Reforma Magisterial - MINEDU - www.minedu.gob.pe


La Ley de Reforma Magisterial establece cuatro tipos de evaluación

• EVALUACIÓN PARA EL INGRESO A LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL 
El ingreso es por concurso público que se realiza cada dos años. El profesor es nombrado en la I escala. Comprende dos etapas: 

PRIMERA: Esta a cargo del MINEDU y evalúa las capacidades y conocimiento del postulante para el ejercicio de la docencia. Se realiza a través de una prueba nacional clasificatoria. 

SEGUNDA: Esta a cargo de la institución educativa y evalúa la capacidad didáctica, formación, méritos y experiencia de quienes resulten aptos en la primera etapa. 

Los Comités de Evaluación para el ingreso a la carrera será presidido por el director y conformado por el subdirector o coordinador académico y un representante de los padres de familia del Consejo Educativo Institucional. 

• EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DOCENTE 
Es obligatoria y se realiza como máximo cada tres años. Comprueba las competencias del profesor en el aula y la institución educativa. Se basa en criterio de Buen Desempeño Docente aprobados previamente por el MINEDU. 

El profesor que desaprueba tiene 2 oportunidades adicionales para aprobar, previa capacitación a cargo del MINEDU. 

El comité de evaluación es presidido por el director de la institución educativa e integrado por el subdirector o coordinador académico y un profesor del mismo nivel educativo y de una escala superior. 

• EVALUACIÓN PARA EL ASCENSO 
El ascenso permite incrementar las remuneraciones y acceder a cargos de mayor responsabilidad. Los concursos públicos son anuales, considerando las plazas previstas. 

Requisitos previos

Cumplir el tiempo mínimo de permanencia en la escala. 

Haber aprobado evaluación del desempeño. 

Criterios de la evaluación

a) Evaluación de desempeño (tiene la mayor ponderación). 

b) Idoneidad ética y profesional (competencias, conocimiento del área disciplinaria y dominio de la teoría pedagógica). 

c) Formación y méritos (estudios de actualización, perfeccionamiento y especialización, cargos desempeñados, producción intelectual). 

• EVALUACIÓN PARA ACCEDER A CARGOS 
El Ministerio de Educación, en coordinación con los Gobiernos Regionales, convoca a concursos para el acceso de cargos, cada dos años. 

El profesor accede a cargos en las diferentes Áreas de Desempeño Laboral por un periodo de tres años. Al término de este tiempo es evaluado para determinar su continuidad en el cargo. 

Mientras se ocupa un cargo de responsabilidad el profesor recibe una asignación adicional a la RIM

» www.minedu.gob.pe

EDUCACIONENRED.COM 

Texto copiado de www.educacionenred.com http://www.educacionenred.com/Noticia/?portada=35479#ixzz2QxbzaS1h

Elección de comisión de AFP se podrá tramitar en Banco de la Nación



Este servicio se da por acuerdo de la Asociación de AFP y la entidad bancaria. Plazo vence el 31 de mayo
A fin de brindar mayores canales para elegir el tipo de comisión a pagar a las AFP, los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) podrán realizar desde mañana este trámite en cualquier agencia del Banco de la Nación a nivel nacional.
El presidente de la Asociación de AFP, Luis Valdivieso, indicó que la implementación de este nuevo servicio para los afiliados a las AFP, se da luego de que su institución suscribiera un acuerdo con la referida entidad bancaria.
“El objetivo es simplificar el trámite y que todos los afiliados en todo el país puedan realizarlo, sobre todo aquellos que viven en lugares alejados y no cuentan con una oficina de su AFP cerca, o no tienen acceso a Internet”, refirió el economista.
Indicó además que con esta decisión, los afiliados al SPP cuentan ahora con cinco canales para que pueda concretar el tipo de elección que desean pagar a su AFP.
Como se conoce, la SBS amplio hasta el 31 de mayo el plazo para que los afiliados informen a sus administradoras si desean mantenerse en la actual comisión por flujo. Aquellos que desean migrar a la comisión por saldo, no requieren hacer ningún trámite.
Fuente: Andina

Desde junio maestros podrán postular a cargos de directores por concurso público



A  partir de junio próximo se realizará en todo el Perú el proceso de selección por concurso de 15,000 cargos de directores y subdirectores de colegios públicos, según lo establecido en la Ley de Reforma Magisterial, informó hoy el viceministro de Gestión Pedagógica, Martín Vegas Torres.
El funcionario indicó que se trata de una primera etapa que permitirá que los nuevos directivos asuman sus cargos a partir del 2014. Posteriormente, se efectuarán similares concursos hasta cubrir cerca de 30,000 puestos directivos en todo el país.
“Realizamos un proceso novedoso que permitirá garantizar la transparencia y plena legitimidad de quienes sean elegidos para dirigir las instituciones educativas en beneficio de los estudiantes”, señaló Vegas Torres durante el Primer Encuentro Nacional Preparatorio, que organizó la Dirección de Desarrollo Docente del citado ministerio.
Este evento, desarrollado en el colegio Belén, de San Isidro, también fue posible con la colaboración de los representantes de las direcciones regionales de educación (DRE), unidades de gestión educativa local  (UGEL) y consejos participativos regionales de educación (Copare).
El objetivo principal de esta reunión es orientar y generar condiciones para organizar el funcionamiento de los comités de vigilancia y evaluación en las regiones del país.
Se ratificó  que los participantes serán los impulsores que conducirán el proceso de evaluación en las regiones de las que proceden.
“Recogemos sus aportes para la elaboración de la directiva y para la adecuada planificación del concurso, indicó Vegas Torres, al tiempo que resaltó que la implementación del proceso se hará de manera descentralizada.
Cabe destacar que de acuerdo con la Ley de Reforma Magisterial (LRM), los cargos de director y subdirector serán evaluados cada tres años.
Por su parte,  la titular de la Dirección General de Desarrollo Docente del ministerio, María Amelia Palacios, anunció que sólo para este primer concurso podrán postular docentes provenientes de la Ley del Profesorado que se encuentren  en la segunda y tercera escala de la carrera magisterial.
“Esto se debe a que nos hallamos en pleno proceso de conversión de regímenes anteriores a la LRM y queremos darles oportunidad a los profesores que han permanecido congelados en la Ley 24029″, señaló.
En el caso de los profesores procedentes de la Ley de Carrera Pública Magisterial (Ley N° 29062), la LRM establece que sólo podrán acceder a cargos directivos los docentes que se encuentren en la cuarta escala magisterial.
Adelantó que los tres instrumentos de evaluación serán: una prueba nacional clasificatoria, la evaluación de trayectoria profesional y la solución de un caso práctico de gestión escolar.
Fuente: Andina

lunes, 8 de abril de 2013

BIOCIDIO TERRARBOL ASHÁNINKA


BIOCIDIO TERRARBOL  ASHÁNINKA

uuuuuuhj  ¡Asháninca!
¡kipatsi¡ ¡tierra!
¡nijá¡ ¡agua! 
 ¡inchato¡ ¡árbol

Estos son mis versos del alma.
maldito pecho mío que a   mi gente   hundo
maldito  vientre mío en que mi raza muere
kemperi kipatsi. nijá, aisati inchato¡ chora iriripe¡ ¡chora iriripe!
porque la tierra, el agua y el árbol tienen ¡dueño¡ ¡ tiene dueño¡

Y con ellos se va algo mío
se va las mariposas con su hermoso vuelo
se va el canto silencioso del árbol donde grabamos nuestra historia
se va el canto de las aves primorosas
se va la bronca voz del viento
se va el eco de mi existencia

¡kipatsi¡  ¡tierra!
soy el que te espera en la sombría noche
soy el que te espera en el sangriento sol poniente
soy el que   mira caer  frutos muertos en mi pecho abierto


 ¡Nijá¡ ¡agua!
miro bailar las gotas de rocío en las hierbas silvestres
miro el aire de la tarde cuando besa tu boca
miro murmurar tu correntada en tiempos de agonía

¡inchato¡  ¡arbol!
Siento que vas  gritando  en agonía
siento las ramas de tu dolor profundo
siento las hojas marchitas con el corazón herido
siento al  tronco famélico llorar rabioso.

¡kipatsi¡  ¡Tierra!
¡nija¡  ¡Agua!
 ¡inchato¡ ¡Árbol!
caerán cien veces cien bajo el aire tormentoso
 retornarán mil veces mil bajo mi flecha ardiente.
 kemperi kipatsi. nijá, aisati inchato ¡irointi ashiarori¡ ¡irointi ashiarori¡
porque  la tierra, el agua, y el árbol ¡nos pertenecen¡ ¡nos pertenecen¡

uuuuuuhj  ¡Asháninca!
¡tierra! ¡vida¡
¡agua! ¡vida¡
¡árbol! ¡vida¡



Mi voz es el eco del cielo sobre la tierra
seguiré viviendo con mis poemas en ti Satipo de profundo bosque
en ti son mis versos de furia
en ti son mis versos del alma
en ti son mis versos de verde esperanza
olor de profundo bosque


¡Tazorentzi¡
 ¡Satipoki¡
Naro Asháninca ¡Yo soy Asháninca¡
Naro Asháninka ¡Yo soy Asháninca¡
Uuuuuuhj  ¡Asháninca¡
Asháninca…

 
Especialización docente 2012-2014


AGUA DE LLUVIA SELVA TROPICAL


AGUA  DE LLUVIA SELVA TROPICAL
Edilberto Carhuallanaqui Berrocal

Suena el eco de la lluvia selva tropical
miles claman por el agua de lluvia selva tropical
clama el hombre furibundo por el agua de lluvia selva tropical
riega sus valles y quebradas de verde cafetal
riega sus valles y quebradas de verde cacaotal
riega sus valles y quebradas de verde naranjal
riega sus valles y quebradas de verde platanal.

Agua de lluvia  selva tropical
hay un grito sonoro
el agua de lluvia selva tropical no tiene precio
el agua de lluvia selva tropical es el alma fuerte

Agua de lluvia selva tropical,  pura, sucia o clara,
deambula por todas partes,
es riachuelo y río torrentoso
en sus mágicos desvíos
es ola furiosa y mansa

Agua de lluvia selva tropical  das de beber
 al gallito de las rocas
agua de lluvia selva tropical das de beber
 al cutpe y al samaño

Agua de lluvia selva tropical das de beber
 Al cedro y el nogal
agua de lluvia selva tropical das de beber
a todos sin igual.