COMENTARIO AL DÍA

SOY DOCENTE DE LA ESPECIALIDAD DE COMUNICACIÓN Y TÉCNICO EN COMPUTACIÓN E INFORMÁTICA, TRABAJO EN LA IEE "FRANCISCO IRAZOLA" Y EN SENATI. TENGO EXPERIENCIA EN TRABAJOS TÉCNICOS PEDAGÓGICOS, TRABAJOS TUTORIALES DE ACOMPAÑAMIENTO, TRABAJOS DE CABLEADO Y CONFIGURACIÓN DE REDES, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE COMPUTADORAS, ASESORO EN ELABORACIÓN DE CUADRO DE HORAS, ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA SIAGIE (MED) Y ADMINISTRACIÓN DE HORARIOS ESCOLARES (ASC HORARIOS), GRADO DE MAESTRO CON LA MENCIÓN EN ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA, ESTUDIOS CONCLUIDOS DE SEGUNDA ESPECIALIZACIÓN EN COMUNICACIÓN (MINEDU-UNCP), EXPERIENCIAS DE TRABAJO COMO ESPECIALISTA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN A CARGO DE LA REGIÓN LORETO (2015) Y HUÁNUCO (2016), EXPERIENCIAS COMO TUTOR ONLINE Y CAPACITADOR DE AULAS FUNDACIÓN TELEFÓNICA Y EN LA ACTUALIDAD SOY ESPECIALISTA DESIGNADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA A CARGO DEL ÁREA DE COMUNICACIÓN E INFORMÁTICA DE LA UGEL RÍO TAMBO - SATIPO

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miércoles, 25 de enero de 2017

D. S. Nº 001-2017-MINEDU - Norma que regula el procedimiento, requisitos y condiciones para las contrataciones en el marco del Contrato de Servicio Docente a que hace referencia la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones - www.minedu.gob.pe


MINISTERIO DE EDUCACIÓN





EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la referida Ley, es función del Ministerio de Educación, definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial;

Que, el artículo 76 de la Ley Nº 29944Ley de Reforma Magisterial, dispone que las plazas vacantes existentes en las instituciones educativas públicas no cubiertas por nombramiento, son atendidas vía concurso público de contratación docente;

Que, el artículo 77 de la precitada Ley, dispone que el Ministerio de Educación define la política sectorial de contratación docente;

Que, el artículo 1 de la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones, señala que el Contrato de Servicio Docente regulado en la Ley de Reforma Magisterial, tiene por finalidad permitir la contratación temporal del profesorado en instituciones educativas públicas de educación básica y técnico productiva; es de plazo determinado y procede en el caso que exista plaza vacante en las instituciones educativas;

Que, el citado artículo establece además, que mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Educación, se regula el procedimiento, requisitos y condiciones para las contrataciones en el marco del Contrato de Servicio Docente, así como las características para la renovación del mismo;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones;

DECRETA:

Artículo 1.- Aprobación

Apruébase la "Norma que regula el procedimiento, requisitos y condiciones para las contrataciones en el marco del Contrato del Servicio Docente a que hace referencia la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones", la misma que, en calidad de Anexo, forma parte integrante del presente Decreto Supremo.

Artículo 2.- Normas Complementarias

El Ministerio de Educación emite las disposiciones complementarias que sean necesarias para el cumplimiento e implementación del presente Decreto Supremo.

Artículo 3.- Derogatoria

Derógase el Decreto Supremo N° 002-2016-MINEDU que aprueba la Norma que regula el procedimiento, requisitos y condiciones para las contrataciones en el marco del contrato de servicio docente a que hace referencia la Ley Nº 30328.

Artículo 3.- Publicación

El presente Decreto Supremo y su Anexo deberán ser publicados en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial "El Peruano".

Artículo 4.- Del Refrendo

El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Educación.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de enero del año dos mil diecisiete.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República

MARILÚ DORIS MARTENS CORTÉS
Ministra de Educación




martes, 24 de enero de 2017

Temario para el Examen Nombramiento Docente y Contrato Docente 2017 - MINEDU




MINEDU - www.minedu.gob.pe

La convocatoria 2017 de los Concursos de Nombramiento y Contratación Docente está dirigida a los profesionales de la educación que aún no se encuentran en la Carrera Pública Magisterial y que desean desarrollar la función docente en alguna de las Instituciones Educativas (II.EE.) de Educación Básica del sector público.
  • El Concurso de Nombramiento se desarrolla en dos etapas: a) nacional y b) descentralizada. La primera etapa es clasificatoria, es decir, es necesario alcanzar los puntajes mínimos requeridos en la evaluación de la etapa nacional para pasar a la etapa descentralizada.
  • El Concurso de Contratación Docente solo requiere de participar en la etapa nacional y no existe puntaje mínimo aprobatorio.
Temarios
Los temarios que se muestran a continuación tienen el propósito de servir de orientación al postulante respecto de la subprueba de Conocimientos Curriculares, Pedagógicos y de la Especialidad. Esta subprueba evaluará una selección de los conocimientos propuestos en los temarios, los cuales se han definido considerando los documentos oficiales, los enfoques pedagógicos adoptados por el Ministerio de Educación y la bibliografía recomendada para esta evaluación.


Importante: Los postulantes debieron tener en cuenta que, si bien estos temarios señalan los enfoques, conceptos, nociones, teorías, propiedades sobre los que podrían versar las preguntas de la subprueba de Conocimientos Pedagógicos de la Especialidad, estos temas fueron abordados, preponderantemente, desde su uso en la práctica pedagógica. En este sentido, la prueba demanda evidenciar una adecuada comprensión de tales temas a través de su puesta en uso en situaciones propias de la actividad docente y del quehacer pedagógico en general.


• MÁS INFORMACIÓN:


http://evaluaciondocente.perueduca.pe/nombramiento-contratacion-2017/735-2/

PÁGINA WEB MINEDU: 
www.minedu.gob.pe


lunes, 23 de enero de 2017

Inscripción de postulantes

CONCURSOS DE NOMBRAMIENTO Y CONTRATACIÓN DOCENTE 2017
R. M. Nº 072-2017-MINEDU
www.minedu.gob.pe



Concursos dirigidos a los profesionales de la educación que no se encuentran en la Carrera Pública Magisterial y que desean desarrollar la función docente en alguna de las Instituciones Educativas de Educación Básica del sector público.


Esta convocatoria determinará el ingreso a la Carrera Pública Magisterial (Nombramiento Docente) el 2018 y el cuadro de méritos para el proceso de contrato docente del 2018 y 2019.



INSCRIPCIÓN:
Para su inscripción debe seguir cuidadosamente los siguiente pasos:



¿Cómo inscribirse?
Inscripción única para ambos concursos, desde el 23 de enero hasta el 3 de febrero.



Inscríbase así:



Paso 1: Ingrese a este aplicativo y regístrese.



Paso 2: Busque en su correo electrónico el mensaje enviado por el Minedu con la contraseña y el enlace al Formato de Inscripción Digital.



Paso 3: Complete sus datos en el Formato de Inscripción Digital e imprímalo.



Paso 4: Acérquese a una agencia del Banco de la Nación para confirmar su inscripción, entregando el Formato de Inscripción Digital impreso y su documento de identidad.



PÁGINA WEB DE INSCRIPCIÓN

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