COMENTARIO AL DÍA

SOY DOCENTE DE LA ESPECIALIDAD DE COMUNICACIÓN Y TÉCNICO EN COMPUTACIÓN E INFORMÁTICA, TRABAJO EN LA IEE "FRANCISCO IRAZOLA" Y EN SENATI. TENGO EXPERIENCIA EN TRABAJOS TÉCNICOS PEDAGÓGICOS, TRABAJOS TUTORIALES DE ACOMPAÑAMIENTO, TRABAJOS DE CABLEADO Y CONFIGURACIÓN DE REDES, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE COMPUTADORAS, ASESORO EN ELABORACIÓN DE CUADRO DE HORAS, ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA SIAGIE (MED) Y ADMINISTRACIÓN DE HORARIOS ESCOLARES (ASC HORARIOS), GRADO DE MAESTRO CON LA MENCIÓN EN ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA, ESTUDIOS CONCLUIDOS DE SEGUNDA ESPECIALIZACIÓN EN COMUNICACIÓN (MINEDU-UNCP), EXPERIENCIAS DE TRABAJO COMO ESPECIALISTA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN A CARGO DE LA REGIÓN LORETO (2015) Y HUÁNUCO (2016), EXPERIENCIAS COMO TUTOR ONLINE Y CAPACITADOR DE AULAS FUNDACIÓN TELEFÓNICA Y EN LA ACTUALIDAD SOY ESPECIALISTA DESIGNADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA A CARGO DEL ÁREA DE COMUNICACIÓN E INFORMÁTICA DE LA UGEL RÍO TAMBO - SATIPO

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martes, 31 de enero de 2017

RM N° 085-2017-MINEDU INCORPORAN NUEVAS II.EE. PARA IMPLEMENTACION DE NUEVO CURRICULO NACIONAL

Incorporan instituciones educativas públicas de educación primaria en las que se implementará el Currículo Nacional de Educación Básica, al Anexo 4 de la R.M. N° 649-2016-MINEDU



RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 085-2017-MINEDU

Lima, 26 de enero de 2017
Vistos, el Expediente N° 0000926-2017, el Informe N° 01-2017-MINEDU/VMGP/DIGEBR, el Informe N° 29-2017-MINEDU/SG-OGAJ, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 281-2016-MINEDU se aprobó el Currículo Nacional de la Educación Básica, disponiéndose su implementación a partir del 01 de enero de 2017 en todas las instituciones y programas educativos públicos y privados de la Educación Básica;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 649-2016-MINEDU, se aprobó el Programa Curricular de Educación Inicial, el Programa Curricular de Educación Primaria y el Programa Curricular de Educación Secundaria, según Anexos 1, 2 y 3;
Que, asimismo, la referida resolución dispuso que la implementación del Currículo Nacional de la Educación Básica a la que se refiere el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 281-2016-MINEDU, se realizará a partir del 01 de enero del año 2017 en las instituciones educativas públicas de educación primaria polidocentes completas y en las instituciones educativas privadas de educación primaria, que se encuentran focalizadas en el Anexo 4 de la Resolución Ministerial Nº 649-2016-MINEDU; además, se determinó que las instituciones y programas educativos públicos y privados de la Educación Básica en las que no se implemente el Currículo Nacional de la Educación Básica, excepcionalmente, continuarán utilizando el Diseño Curricular Nacional de la Educación Básica Regular, aprobado por Resolución Ministerial N° 440-2008-ED, modificado por Resolución Ministerial Nº 199-2015-MINEDU; así como el Diseño Curricular Básico Nacional de la Educación Básica Alternativa, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0276-2009-ED, según corresponda;
Que, con Oficio Nº 020-2017/MINEDU/VMGP/DIGEBR, la Dirección General de Educación Básica Regular remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 01-2017-MINEDU/VMGP/DIGEBR, en el cual se señala que la implementación del Currículo Nacional de la Educación Básica debe iniciarse en un total de 11,851 instituciones educativas de educación primaria, por lo que sustentan la necesidad de modificar el Anexo 4 de la Resolución Ministerial Nº 649-2016-MINEDU, a fin de incorporar un listado de 3, 503 instituciones educativas de educación primaria, para alcanzar la meta proyectada, dentro de las cuales se encuentran instituciones educativas públicas de educación primaria polidocentes completas e instituciones educativas privadas de educación primaria;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Incorporar al Anexo 4 de la Resolución Ministerial Nº 649-2016-MINEDU, un total de 3, 503 instituciones educativas públicas de educación primaria, dentro de las cuales se encuentran instituciones educativas públicas de educación primaria polidocentes completas e instituciones educativas privadas de educación primaria, en las que se implementará el Currículo Nacional de la Educación Básica, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARILÚ MARTENS CORTÉS
Ministra de Educación
1478678-6