COMENTARIO AL DÍA

SOY DOCENTE DE LA ESPECIALIDAD DE COMUNICACIÓN Y TÉCNICO EN COMPUTACIÓN E INFORMÁTICA, TRABAJO EN LA IEE "FRANCISCO IRAZOLA" Y EN SENATI. TENGO EXPERIENCIA EN TRABAJOS TÉCNICOS PEDAGÓGICOS, TRABAJOS TUTORIALES DE ACOMPAÑAMIENTO, TRABAJOS DE CABLEADO Y CONFIGURACIÓN DE REDES, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE COMPUTADORAS, ASESORO EN ELABORACIÓN DE CUADRO DE HORAS, ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA SIAGIE (MED) Y ADMINISTRACIÓN DE HORARIOS ESCOLARES (ASC HORARIOS), GRADO DE MAESTRO CON LA MENCIÓN EN ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA, ESTUDIOS CONCLUIDOS DE SEGUNDA ESPECIALIZACIÓN EN COMUNICACIÓN (MINEDU-UNCP), EXPERIENCIAS DE TRABAJO COMO ESPECIALISTA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN A CARGO DE LA REGIÓN LORETO (2015) Y HUÁNUCO (2016), EXPERIENCIAS COMO TUTOR ONLINE Y CAPACITADOR DE AULAS FUNDACIÓN TELEFÓNICA Y EN LA ACTUALIDAD SOY ESPECIALISTA DESIGNADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA A CARGO DEL ÁREA DE COMUNICACIÓN E INFORMÁTICA DE LA UGEL RÍO TAMBO - SATIPO

miércoles, 16 de diciembre de 2015

Convocan a Concurso Público para el Ascenso de la Primera a la Segunda Escala Magisterial de la Carrera Pública Magisterial

onvocan a Concurso Público para el Ascenso de la Primera a la Segunda Escala Magisterial de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial, y aprueban cronograma
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 566-2015-MINEDU
Lima, 14 de diciembre de 2015
Vistos, el Expediente 0233192-2015, el Informe N° 952-2015-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, y el Informe N° 953-2015-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; 
Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la referida ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial;
Que, el artículo 26 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, concordante con el artículo 30 de la misma Ley, establece que el ascenso es el mecanismo de progresión gradual en las escalas magisteriales definidas en la referida Ley, mejora la remuneración y habilita al profesor para asumir cargos de mayor responsabilidad, y se realiza a través de concursos públicos anuales, considerando las plazas vacantes que el Ministerio de Educación, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, determine por escala magisterial y por regiones;
Que, el artículo 27 de la Ley de Reforma Magisterial establece, que el Ministerio de Educación, en coordinación con los gobiernos regionales, es la instancia que convoca a concursos para el ascenso, los que se implementan en forma descentralizada, de acuerdo a normas y especificaciones técnicas que se emitan;
Que, mediante Resolución Viceministerial N° 088-2015-MINEDU de fecha 11 de diciembre de 2015, se aprobó la Norma Técnica denominada denominada “Norma que regula el Concurso Público para el Ascenso de la Primera a la Segunda Escala Magisterial de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial”, la cual contiene disposiciones para la organización, implementación y ejecución del referido concurso; así como sus etapas, instrumentos de evaluación y acciones que involucran a las diversas instancias de gestión educativa descentralizada;
Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.1 de la Norma Técnica antes mencionada, la convocatoria del referido concurso es aprobada mediante resolución ministerial conjuntamente con su cronograma;
Que, a través del Oficio Nº 1643-2015-MINEDU/VMGP-DIGEDD, el Director General de la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 952-2015-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, el cual señala que corresponde al Ministerio de Educación, convocar al Concurso Público para el Ascenso de la Primera a la Segunda Escala Magisterial de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial, y aprobar el cronograma del referido concurso;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y la Resolución Viceministerial N° 088-2015-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada “Norma que regula el Concurso Público para el Ascenso de la Primera a la Segunda Escala Magisterial de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Convocar al Concurso Público para el Ascenso de la Primera a la Segunda Escala Magisterial de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial, el mismo que se llevará a cabo conforme a lo establecido en la Norma Técnica aprobada mediante Resolución Viceministerial N°088-2015-MINEDU.
Artículo 2.- Aprobar el cronograma del Concurso Público para el Ascenso de la Primera a la Segunda Escala Magisterial de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial, el cual como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación

CONSTRUCCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA MODERNA DE LA IEE FRANCISCO IRAZOLA

Institución Educativa "Francisco Irazola"

La IEE "Francisco Irazola" con R.M. N° 0318-2010-ED, es denominda emblemática por su prestigio, triunfos regionales y nacionales, así mismo por suantiguedad es el alma Mater de la Selva central y por su hermoso bosque de aguajes ha sido considerada como patromonio ecológico en la región Junín.

Nuestar IEE nace el año 1960 con un promotor el Prof. David Pérez Viollaverde a invitación del señor Froilán Dionisio Medina, quien brindó facilidades con su local en el Jr. San Martín. Surge como Colegio Mixto Particular "Francisco Irazola" cuyo nombre fue propuesto en una asamblea de Padres de Familia presidido por el colono Aurelio Garro Salinas. Logra la nacionalización el 24 de julio de 1964 con R.S. N° 882 con la firma del Presidente de la República Arquitecto Fernando Belaunde Terry, quien dijo: "Un pueblo sin cultura no es pueblo".

A partir de 1865 establecen convenio con el Ministerio de Educación con los Misioneros Franciscanos, quienes dirigieron el colegio hasta el año 1972 y el 1 de octubre asume la Dirección el Prof. Victor Aguero Moras.

La familia irazolina lleva el nombre de un gran misionero considerado con justicia y descubridor y fundador de Satipo, Monseñor Francisco Irazola Galarza, quien nació en España el 29 de setiembre de 1869 y llegó al Perú a los 14 años y desde 1913 explora la selva de junín. Falleció el 12 de julio de 1945 en Huánuco, sus restos descansan en el Convento de Santa Rosa de Ocopa-Concepción.

Actualmente atiende a 55 secciones en Ciencias Humanidades y Variantes Técnicas en un solo turno.

NUEVAS OBRAS

29 MILLONES DE INVERSIÓN EN FAVOR DEL COLEGIO FRANCISCO IRAZOLA ALMA MATER DE LA PROVINCIA DE SATIPO

55 años de espera, gracias a los promotores como; ex alumnos, APAFAs, docentes, autoridades directores e la IE Francisco Irazola se viene consolidando el proyecto más grande cuyo presupuesto es de 29 Millones de soles que cambiara la imagen del COLEGIO FRANCISCO IRAZOLA ALMA MATER DE LA PROVINCIA DE SATIPO.
Se sabe que la EMPRESA CONSORCIO TERRA AZUL será quien ejecuta esta obra, sin embargo necesitamos la vigilancia de las autoridades, y la familia irazolina a fin de que este proyecto se consolide en el plazo estipulado con todo los indicadores que contempla dentro del proyecto.
La  EMPRESA CONSORCIO TERRA AZUL será quien ejecuta esta obra.





















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