COMENTARIO AL DÍA

SOY DOCENTE DE LA ESPECIALIDAD DE COMUNICACIÓN Y TÉCNICO EN COMPUTACIÓN E INFORMÁTICA, TRABAJO EN LA IEE "FRANCISCO IRAZOLA" Y EN SENATI. TENGO EXPERIENCIA EN TRABAJOS TÉCNICOS PEDAGÓGICOS, TRABAJOS TUTORIALES DE ACOMPAÑAMIENTO, TRABAJOS DE CABLEADO Y CONFIGURACIÓN DE REDES, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE COMPUTADORAS, ASESORO EN ELABORACIÓN DE CUADRO DE HORAS, ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA SIAGIE (MED) Y ADMINISTRACIÓN DE HORARIOS ESCOLARES (ASC HORARIOS), GRADO DE MAESTRO CON LA MENCIÓN EN ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA, ESTUDIOS CONCLUIDOS DE SEGUNDA ESPECIALIZACIÓN EN COMUNICACIÓN (MINEDU-UNCP), EXPERIENCIAS DE TRABAJO COMO ESPECIALISTA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN A CARGO DE LA REGIÓN LORETO (2015) Y HUÁNUCO (2016), EXPERIENCIAS COMO TUTOR ONLINE Y CAPACITADOR DE AULAS FUNDACIÓN TELEFÓNICA Y EN LA ACTUALIDAD SOY ESPECIALISTA DESIGNADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA A CARGO DEL ÁREA DE COMUNICACIÓN E INFORMÁTICA DE LA UGEL RÍO TAMBO - SATIPO

jueves, 19 de enero de 2017

MÁS DIRECTORES IBAN A SER SUSPENDIDOS POR LA DREP PARA REINCORPORAR A EX DIRECTIVOS.




Más directores que ganaron sus plazas en concurso público de méritos iban a ser destituidos por la Dirección Regional de Educación de Piura, para reponer a ex directivos, acatando la resolución de un juzgado de la provincia de Rodriguez de Mendoza, región Amazonas.

De acuerdo a las 4 fotografías de la resolución que ordenaba eso y que mostramos en esta nota, al documento le faltaba la firma del director regional, Pedro Periche Querevalú.  

Algunos de los directivos que iban a ser suspendidos y enviados de retorno a sus plazas de origen, son:

Wilfredo Floreano Castillo, subdirector de la I.E. "Jorge Chávez" de Tambogrande;
Doraliza Román Zeta, directora de la I.E. 15195 del caserío Colera, Tambogrande;
María Carmen Sandoval Chunga, sub directora de la I.E. 14123 de Sincape, La Arena;
María Catalina Gutiérrez Gómez, directora de la I.E. 14140 de Tambogrande;
Genaro Lamberto Miñán Antón, director de laa I.E. "Juan Velasco Alvarado" de Canizal Chico, La Unión;
Beatriz Elena Juarez Farfán, directora de la I.E. 14924 de Malingas, Tambogrande;



FUENTE: http://dantereyescasanova.blogspot.pe/2017/01/mas-directores-serian-suspendidos-por.html



AQUÍ LA RESOLUCIÓN FIRMADA



martes, 17 de enero de 2017

DIRECTORES DE II.EE. QUE GANARON CONCURSO Y FUERON DESTITUIDOS POR LA DREP, RECLAMAN POR SUS DERECHOS.

Los directores de instituciones educativas estatales de Piura, que ganaron sus plazas por 3 años en concurso público, protestaron hoy en el gobierno regional por la resolución 034 de la DREP que los destituye del cargo para reponer a los ex directivos que interpusieron una medida cautelar en Amazonas.


Hernán Chunga, profesor, psicólogo y bombero, es uno de los directores afectados por la arbitrariedad de la DREP
Son 23 los directivos suspendidos injustamente por la RD N° 034, firmada por Pedro Periche.
Parte de la comisión que ingresó a conversar a la gerencia de Desarrollo Social, a la cual pertenece el sector educación.





Exigen que les reubiquen en plazas de la misma categoría por el año que aún les falta para completar su periodo por el cual fueron designados.

DREP REPONE EN SUS CARGOS A VEINTITRÉS DIRECTORES. QUIENES OCUPAN DICHAS PLAZAS RETORNARÁN A SUS LUGARES DE ORIGEN.

Hacer clic en el siguiente enlace: RD 034 que repone a directores

lunes, 16 de enero de 2017

CUENTO PARA NIÑOS CUENTAME OTRA VEZ TORAL

Ideal para tratar la situación de niños adoptados, fortalecer el valor de la familia y la solidaridad filial. Puede utilizarse para trabajar la Biografía y la autobiografía en segundo y tercer ciclo. Promueve la narrativa en primera persona (para tercer ciclo). Se respetan los derechos del autor...solo he realizado la edición.


Aplicativo Para La Elaboración Y Monitoreo Del PAT 2017 V191216


Este aplicativo es puesto a disposición de las II.EE. para acompañarlas durante el proceso de reflexión en torno a los CGE y facilitar la elaboración del PAT.
Asimismo, el aplicativo incluye una sección destinada al monitoreo del PAT que facilitará dar seguimiento a su cumplimiento a lo largo del año escolar.

Fuente:
© Ministerio de Educación del Perú, 2016
Av. de la Arqueología cuadra 2, San Borja.
Lima 41, Perú.
Teléfono: 615-5800
www.Minedu.gob.pe

Modifican Norma Técnica denominada "Normas para la elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de la Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de la Educación Básica Alternativa para el periodo lectivo 2017"

MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINEDU



RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 005-2017-MINEDU

Lima, 13 de enero de 2017

VISTOS, el Expediente 0236455-2016, el Informe Nº 558-2016-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnico Normativa de Docentes, el Informe N° 032-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación tiene, entre sus funciones, definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento de personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial;

Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 539-2016-MINEDU se aprobó la Norma Técnica denominada "Normas para la elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de la Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de la Educación Básica Alternativa para el periodo lectivo 2017", la cual en su literal c) del numeral 5.6.2 establece que es función de la Comisión para la Evaluación y Validación del Cuadro de Distribución de Horas, elaborar y aprobar el cronograma que deben cumplir las comisiones de las instituciones educativas; la cual contempla las fases de formulación, revisión y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas;

Que, asimismo, el numeral 5.8.1 de la referida Norma Técnica establece que las fases del cronograma descritas en su literal c) del numeral 5.6.2. y la expedición de la resolución de aprobación de cuadro de distribución de horas pedagógicas de las instituciones educativas del nivel secundaria de la EBR, de la JEC, de los CRFA y del ciclo avanzado de los CEBA, a cargo de la UGEL, DRE o quien haga sus veces, según corresponda, no deben efectuarse con posterioridad al 13 de enero del año 2017;

Que, a través del Oficio Nº 023-2017-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 558-2016-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, elaborado por la Dirección Técnico Normativa de Docentes; por medio del cual se sustenta la necesidad de modificar el numeral 5.8.1 de la Norma Técnica denominada "Normas para la elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de la Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de la Educación Básica Alternativa para el periodo lectivo 2017"; a fin de ampliar el plazo establecido actualmente, lo que permitirá que las instancias de gestión educativa descentralizadas involucradas cumplan cabalmente con sus funciones y se asegure la oportuna distribución de las horas pedagógicas en coherencia con el plan de estudios vigente;

Que, conforme lo dispone el literal g) del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 002-2017-MINEDU, la Ministra de Educación delega en el Secretario General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2017, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos en el ámbito de competencia del despacho ministerial;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 002-2017-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo Único.-
 Modificar el numeral 5.8.1 de la Norma Técnica denominada "Normas para la elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de la Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de la Educación Básica Alternativa para el periodo lectivo 2017", aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 539-2016-MINEDU, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

"5.8.APROBACIÓN DEL CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DE HORAS PEDAGÓGICAS

5.8.1. Las fases del cronograma descritas en el literal c) del numeral 5.6.2 de la presente norma y la expedición de la resolución de aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas de las instituciones educativas del nivel de educación secundaria de la EBR, de la JEC, de los CRFA y de CEBA - ciclo avanzado, efectuado por la UGELDRE o quien haga sus veces, según corresponda, no deben de efectuarse con posterioridad al 23 de enero del año 2017".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ CARLOS CHÁVEZ CUENTAS
Secretario General

[El Peruano: 14/01/2017]
DESCARGAR AQUÍ

jueves, 29 de diciembre de 2016

Programas curriculares de la Educación Básica Regular

Los programas curriculares forman parte del Currículo Nacional de la Educación Básica y tienen como finalidad contribuir con orientaciones específicas que permitan concretar la propuesta pedagógica del Currículo Nacional.

Contienen las características de los estudiantes de cada nivel de la educación básica regular según los ciclos educativos, así como orientaciones para el tratamiento de los enfoques transversales, para la planificación, y para la tutoría y orientación educativa.

También contienen los marcos teóricos y metodológicos de las competencias organizados en áreas curriculares y presentan los desempeños de edad (en el nivel inicial) o grado (en los niveles de primaria y secundaria) alineados con las competencias, las capacidades y los estándares de aprendizaje nacionales.

EDUCACIÓN SECUNDARIA

EDUCACIÓN PRIMARIA


EDUCACIÓN SECUNDARIA




II. EE. FOCALIZADAS PARA IMPLEMENTAR EL 2017



Los programas curriculares de educación inicial, primaria y secundaria, y la lista de II.EE. focalizadas para la implementación fueron aprobados en diciembre de 2016 mediante la Resolución Ministerial Resolución Ministerial N.° 649-2016-MINEDU.




Descarga el Currículo Nacional de la Educación Básica

El Currículo Nacional es el documento marco de la política educativa de la educación básica que contiene los aprendizajes que se espera que los estudiantes logren durante su formación básica, en concordancia con los fines y principios de la educación peruana, los objetivos de la educación básica y el Proyecto Educativo Nacional.

Este documento establece el Perfil de Egreso de la Educación Básica, las competencias nacionales y sus progresiones desde el inicio hasta el fin de la educación básica, así como sus niveles esperados por ciclo, nivel y modalidades. Además, contiene orientaciones para la evaluación formativa y la diversificación curricular.
Este Currículo Nacional de la Educación Básica es el documento oficial, aprobado en mayo de 2016 mediante la Resolución Ministerial N.° 281-2016. Cabe añadir que este documento toma en cuenta las recomendaciones presentes en la opinión técnica del Consejo Nacional de Educación, así como las recibidas en diversas consultas y estudios realizados.






Resultados del Concursos de Acceso a Cargos Directivos de IE y Especialistas en Educación



Resultados | Concursos de Acceso a Cargos Directivos de IE y Especialistas en Educación
Cuadros de mérito del Concurso de Acceso a Cargos Directivos de IE
Resultados del Concursos de Acceso a Cargos Directivos de IE y Especialistas en Educación
Ganadores del Concurso de Acceso a Cargos de Especialistas en 
Educación de DRE y UGEL

Más de nueve mil docentes logran plazas de directivos en colegios públicos


En setiembre pasado se realizó el primero de los tres concursos para acceder a cargos de directores y subdirectores de colegios públicos que tiene previsto ejecutar el Ministerio de Educación hasta el 2021.
Para este proceso, dividido en dos fases: una nacional y otra descentralizada, el sector dispuso 13 mil 188 plazas de directores y subdirectores. Sin embargo, no todas han sido cubiertas: solo 9 mil 109, de los 24 mil docentes que decidieron postular por ubicarse entre la cuarta y sexta escala de la Ley de Reforma Magisterial, lograron aprobar el concurso nacional y podrán ejercer su cargo desde marzo del 2017.
Ellos actualmente ganan como profesores entre 2 mil 902 soles, por estar en la cuarta escala, y 4 mil 146, por encontrarse en la sexta (40 horas de labor). Pues bien, ahora recibirán adicionalmente asignaciones temporales de 600 y 800 soles, por ser directores de un turno y de dos, respectivamente.
En tanto, por ser subdirectores percibirán 400 soles adicionales, así sean de un turno.
Hay que indicar que en la actualidad hay más de 25 mil directores y subdirectores en todo el país, según el Minedu.
No obstante, los resultados del concurso demuestran algunos futuros problemas.
En 14 regiones no se cubrirán todas las plazas destinadas en el concurso debido a que el número de las vacantes es mayor a la de aprobados.
Por ejemplo, en Loreto el Ministerio de Educación (Minedu) había dispuesto 1.200 plazas, pero solo 202 docentes lograron superar las fases del concurso. Lo mismo pasa en Cajamarca, donde había 1.235 vacantes, pero solo 663 lograron aprobar el proceso.
Esta situación también se vive en Huánuco, Huancavelica, Cusco (ver infografía).
Para el secretario general del Sindicato Único de Trabajadores de la Educación del Perú (Sutep), Alfredo Velásquez, el Minedu debió prever esta situación. “Ya habíamos pedido que se incluya a los docentes de la Ley del Profesorado, quienes fueron ubicados tras la implementación de la Ley de Reforma Magisterial, en la primera, segunda y tercera escala de esta”, añadió.
Velásquez espera que el Minedu considere que las más de 4 mil plazas de directores y subdirectores que no han sido cubiertas no se entreguen mediante encargaturas sino que se asignen a los que sí participaron en el proceso.
Al respecto, fuentes del Minedu precisaron que, de acuerdo con la norma técnica que regula este concurso, cuando quedan plazas desiertas tras los resultados de la etapa descentralizada, el Comité de Evaluación hace una selección entre los postulantes que obtuvieron un mayor porcentaje y tuvieron el mayor avance en el proceso.
Orden de mérito
Una situación contraria se registra en Lima Metropolitana donde 1.663 postulantes lograron aprobar el concurso. No obstante, para esta zona solo se dispuso 658 vacantes.
Según las fuentes del Minedu, en este caso se adjudicarán las plazas de acuerdo al orden de mérito. “En cada UGEL (Unidad de Gestión Educativa Local) hay una determinada cifra de aprobados y plazas. Se debe elegir a los mejores”.
Lo mismo pasa en Ica, Arequipa, Tacna, Lambayeque y Piura. Los resultados finales de este concurso se publicarán el 9 de enero próximo.
Clave
De los 13. 743 directores y subdirectores que fueron convocados para la evaluación excepcional realizada en agosto del 2015, solo 3.011 lograron aprobar en todo el país. Ellos permanecerán en sus cargos hasta fines del 2017. Sus demás colegas fueron cesados.
Fuente:larepublica.pe


“Normas para la elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de la Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de la Educación Básica Alternativa para el periodo lectivo 2017”

Lima, 28 de diciembre de 2016
Aprueban Norma Técnica denominada “Normas para la elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de la Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de la Educación Básica Alternativa para el periodo lectivo 2017”

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL
Nº 539-2016-MINEDU

DESCARGAR AQUÍ CON TODO LOS ANEXOS

MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINEDU

Modifican Norma Técnica denominada "Normas para la elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de la Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de la Educación Básica Alternativa para el periodo lectivo 2017"

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 005-2017-MINEDU

Lima, 13 de enero de 2017

VISTOS, el Expediente 0236455-2016, el Informe Nº 558-2016-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnico Normativa de Docentes, el Informe N° 032-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación tiene, entre sus funciones, definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento de personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial;

Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 539-2016-MINEDU se aprobó la Norma Técnica denominada "Normas para la elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de la Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de la Educación Básica Alternativa para el periodo lectivo 2017", la cual en su literal c) del numeral 5.6.2 establece que es función de la Comisión para la Evaluación y Validación del Cuadro de Distribución de Horas, elaborar y aprobar el cronograma que deben cumplir las comisiones de las instituciones educativas; la cual contempla las fases de formulación, revisión y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas;

Que, asimismo, el numeral 5.8.1 de la referida Norma Técnica establece que las fases del cronograma descritas en su literal c) del numeral 5.6.2. y la expedición de la resolución de aprobación de cuadro de distribución de horas pedagógicas de las instituciones educativas del nivel secundaria de la EBR, de la JEC, de los CRFA y del ciclo avanzado de los CEBA, a cargo de la UGEL, DRE o quien haga sus veces, según corresponda, no deben efectuarse con posterioridad al 13 de enero del año 2017;

Que, a través del Oficio Nº 023-2017-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 558-2016-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, elaborado por la Dirección Técnico Normativa de Docentes; por medio del cual se sustenta la necesidad de modificar el numeral 5.8.1 de la Norma Técnica denominada "Normas para la elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de la Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de la Educación Básica Alternativa para el periodo lectivo 2017"; a fin de ampliar el plazo establecido actualmente, lo que permitirá que las instancias de gestión educativa descentralizadas involucradas cumplan cabalmente con sus funciones y se asegure la oportuna distribución de las horas pedagógicas en coherencia con el plan de estudios vigente;

Que, conforme lo dispone el literal g) del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 002-2017-MINEDU, la Ministra de Educación delega en el Secretario General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2017, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos en el ámbito de competencia del despacho ministerial;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 002-2017-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo Único.-
 Modificar el numeral 5.8.1 de la Norma Técnica denominada "Normas para la elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de la Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de la Educación Básica Alternativa para el periodo lectivo 2017", aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 539-2016-MINEDU, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

"5.8.APROBACIÓN DEL CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DE HORAS PEDAGÓGICAS

5.8.1. Las fases del cronograma descritas en el literal c) del numeral 5.6.2 de la presente norma y la expedición de la resolución de aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas de las instituciones educativas del nivel de educación secundaria de la EBR, de la JEC, de los CRFA y de CEBA - ciclo avanzado, efectuado por la UGELDRE o quien haga sus veces, según corresponda, no deben de efectuarse con posterioridad al 23 de enero del año 2017".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ CARLOS CHÁVEZ CUENTAS
Secretario General

[El Peruano: 14/01/2017]





martes, 8 de noviembre de 2016

Situación Comunicativa

SITUACIÓN COMUNICATIVA:
La situación comunicativa es el contexto específico en el que se da la comunicación. Se pueden reconocer las personas que quieren comunicarse

Una situación comunicativa es el contexto en el que se realiza la comunicación, es decir, el momento en que se produce un intercambio informativo entre los participantes de este acto comunicativo. En este intercambio están presentes los interlocutores, las circunstancias, la intención comunicativa y el tema o asunto. No olvidemos que las propiedades específicas de los participantes (edad, sexo, región, cultura, roles, función, identidad, el tipo de registro lingüístico que usan, el nivel de conocimiento sobre el tema, la forma de interactuar, etc.) serán determinantes para realizar las interpretaciones del sentido. 
Ejemplo de situaciones comunicativas:
Juan Carlos, luego de una discusión, conversa con su amiga:

Amiga. ¡Me muero de miedo! Tengo un “dolor en el alma”. Hoy no quiero verla “en esa ala del edificio” y si así decide, no lo permitiré, me “iré” volando para rescatarla.
Que no olvide mi “rosa”, la entregué mi alma y debe guardarlo en el baúl de sus recuerdos.

Para poder reflexionar debemos iniciar con unas preguntas: si Juan Carlos ha producido un texto literario o no literario, el lenguaje usa es denotativo o connotativo