COMENTARIO AL DÍA

SOY DOCENTE DE LA ESPECIALIDAD DE COMUNICACIÓN Y TÉCNICO EN COMPUTACIÓN E INFORMÁTICA, TRABAJO EN LA IEE "FRANCISCO IRAZOLA" Y EN SENATI. TENGO EXPERIENCIA EN TRABAJOS TÉCNICOS PEDAGÓGICOS, TRABAJOS TUTORIALES DE ACOMPAÑAMIENTO, TRABAJOS DE CABLEADO Y CONFIGURACIÓN DE REDES, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE COMPUTADORAS, ASESORO EN ELABORACIÓN DE CUADRO DE HORAS, ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA SIAGIE (MED) Y ADMINISTRACIÓN DE HORARIOS ESCOLARES (ASC HORARIOS), GRADO DE MAESTRO CON LA MENCIÓN EN ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA, ESTUDIOS CONCLUIDOS DE SEGUNDA ESPECIALIZACIÓN EN COMUNICACIÓN (MINEDU-UNCP), EXPERIENCIAS DE TRABAJO COMO ESPECIALISTA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN A CARGO DE LA REGIÓN LORETO (2015) Y HUÁNUCO (2016), EXPERIENCIAS COMO TUTOR ONLINE Y CAPACITADOR DE AULAS FUNDACIÓN TELEFÓNICA Y EN LA ACTUALIDAD SOY ESPECIALISTA DESIGNADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA A CARGO DEL ÁREA DE COMUNICACIÓN E INFORMÁTICA DE LA UGEL RÍO TAMBO - SATIPO

martes, 4 de septiembre de 2012

CEN del SUTEP venderá Huelga de maestros a cambio de la Derrama Magisterial


Una vez más estos pillos del CEN del SUTEP, utilizarán a los maestros incautos que saldrán a la Huelga que convocaron para el cinco y así negociar con el gobierno la  Derrama Magisterial. 
Pese a que nadie les pidió la Derogatoria de la Ley del Profesorado. Le hicieron la comparsa al gobierno, presentando un Proyecto de la nueva Ley del Profesor, con el cuento que era un pedido de todas las bases del magisterio, las mismas que según ellos, fueron consultadas. De esta manera confundieron y engañaron a los maestros. Haciéndoles creer que su propuesta es el mal menor que la Ley de la Reforma Magisterial y la solución del problema. 
El CEN del SUTEP se jacta de ser el sindicato mas fuerte, que agrupa miles de maestros a nivel nacional. con ese tremendo poderío, no se atrevió a ponerse fuerte ante el gobierno, retirar su dichoso proyecto de ley, e ir a una huelga nacional por la vigencia y ampliación de la ley del profesorado 24029. Tengan la seguridad, que hasta los maestros que agrupa el CONARE los hubieran acompañado. Pero lo que en realidad mueve a la dirigencia nacional, no es el bienestar del maestro ni de los alumnos. Lo que en realidad los mueve, inquieta y motiva, es la posibilidad de perder el control y la administración de la Derrama Magisterial. Por ello han sido capaces de traicionar y vender la confianza del magisterio nacional. Porque ambas leyes (la ley de Reforma Magisterial del gobierno y su propuesta de ley del profesor. Liquidan los derechos laborales y la estabilidad laboral de los maestros. 
Así que los maestros no deben dejarse sorprender y servir de tontos útiles.

Los millones que maneja la Derrama Magisterial



Durante estos últimos días en que el Sindicato Unitario de Trabajadores en la Educación del Perú (SUTEP) ha puesto contra las cuerdas al gobierno con sus medidas de fuerza, muchos sectores se han preguntado de dónde saca recursos para actuar este polémico gremio docente.

Para algunos críticos, la respuesta podría encontrarse en los astronómicos recursos que maneja la Derrama Magisterial, el fondo que administra Patria Roja a través del SUTEP y que se nutre de los aportes mensuales de cada maestro.

Cabe precisar que durante el primer gobierno de Alan García se dispuso que el Ministerio de Educación descontara su cuota a cada maestro para la Derrama.Sin embargo, durante el segundo gobierno aprista, a fines del 2006, el Ejecutivo optó por no seguir efectuando el descuento -según refiere una investigación de la revista Poder-, y fue entonces que la directiva de la institución se vio obligada a solicitar que cada maestro autorizara por escrito el descuento de sus haberes. Desde el 2007 el aporte es voluntario.

LOS MILLONES. De acuerdo con la información que figura en su propia página web, la Derrama Magisterial administra fondos ascendentes a S/.1,537 millones 905,493, que corresponde a la evolución positiva de sus recursos, si se tiene en cuenta que estos eran de S/.647 millones 889,628 en el 2004.

Precisamente, en su portal institucional la Derrama señala que registra utilidades de "manera sostenida" desde hace 12 años, pues en el 2011 obtuvo más de 53 millones de soles en ese rubro, incrementando sus propios recursos en 11.1%.

Gracias a estos ingentes recursos es que esa entidad, que debe funcionar como un fondo de previsión social, ha logrado invertir en diversas áreas, como los sectores construcción y turismo, aproximadamente desde el 2002.

Se sabe que actualmente, esta institución cuenta con seis hoteles a nivel nacional como el Nasca Lines, en Nasca; el Mossone, en Ica; el Plaza, en Ayacucho, el Gran Hotel Tacna; el hotel San Jerónimo, en Cusco; y El Mirador, en Moquegua.

La Derrama también posee centros recreacionales para uso exclusivo de docentes, como el centro recreacional Sarapampa, en Asia; el de Huaychulo, en Huancayo; el de Wanakawri, en Cusco; el de Simbal, en Trujillo; y dos más en Arequipa y Ñaña.

Fernando Pazos, gerente administrativo de la Derrama Magisterial, señaló en una reciente entrevista a un diario local que esta institución apunta a invertir en proyectos de vivienda y centros comerciales, además de haber puesto la puntería también -aunque no de modo inmediato- a invertir en una caja de ahorro y crédito

Según la propia Derrama, desde 1995 la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP supervisa de manera permanente sus actividades.

Cabe precisar también que la Derrama Magisterial, según sus propios estatutos, está dirigida por seis miembros, cuatro de ellos miembros militantes del gremio del SUTEP, un vocal en representación del Ministerio de Educación y un vocal representante del Sindicato de Docentes de Educación Superior del Perú (Sidesp).

Como se sabe, la cúpula del SUTEP está bajo el control del Partido Comunista del Perú, Patria Roja desde hace varios años.

En ese sentido, cabe mencionar que Pablo Helí Ocaña Alejo, actual presidente del directorio de la Derrama Magisterial, es un activo militante del citado partido de izquierda extrema.
DURAS CRÍTICAS. Al respecto, el destacado economista Carlos Adrianzén señaló que la Superintendencia no hace un adecuado control de esta institución y sería peligroso que invierta en una caja de ahorro y crédito.

"La Derrama es una especie de intermediaria que no es bien supervisada por la Superintendencia. Son muy timoratos. Sería preocupante que a una entidad con escaso control, de la que no se sabe cómo funciona, se le permita comprar un banco. Se trata de un gremio comprando un banco. Ya nos ha pasado, ya sabemos quiénes van a pagar los platos rotos si eso fracasa", dijo.

Señaló que los directivos de la Derrama usarían políticamente sus recursos si es que se adueñan de un banco, "y hay que tener en cuenta que los pedagogos no son buenos banqueros".
"Para comenzar, la Superintendencia no debería permitir a la Derrama intermediar, que es lo que hace, menos aún comprar una caja de ahorros, porque su manejo no es precisamente transparente y no se sabe qué tan bien maneja los recursos", advirtió.

Agregó que no hay que saber demasiado de la historia de la Derrama para darse cuenta que se creó "como un botín político", porque se le entregó el control a un sindicato.

"Eso de los montos deducidos a la inmensa cantidad de maestros a nivel nacional, ¿cuánto es? ¿Cuánto de lo prestado se ha recuperado? Lo peor que puede hacer un intermediario es prestar a quien lo necesita, en lugar de prestar a quien puede repagar", consideró.

Fuente: Correo

domingo, 2 de septiembre de 2012

ALTO AL ENGAÑA-MUCHACHOS DE LA CÚPULA DEL SUTEP = PATRIA ROJA

ALTO AL ENGAÑA-MUCHACHOS DE LA CÚPULA

 DEL SUTEP = PATRIA ROJA

POR: DANTE CRUZ R.

En una actitud que encierra una evidente desviación -no sé si de manera pensada o no- de la atención del magisterio con respecto a la Ley de Reforma Educativa que se viene y del camino rápido que se debe tomar en contra del abundante lodo que dicha ley trae, la cúpula dirigencial del SUTEP, Patria Roja, no tiene mejor idea que hacer un llamado público para que todos los maestros exijamos que un anteproyecto de ley magisterial presentado por esta dirigencia nacional también sea debatido.



Esta tonada, entre otras cosas, constituye un engaña muchachos. ¡Una burla! El tiempo está encima y ellos, como si tuvieran todo el tiempo del mundo, plantean como cuestión central la exigencia del debate del proyecto que ellos han presentado. ¿Y qué fantasma o fantasmas en el congreso lo pondrá dicho esbozo a debate? Ustedes, dirigentes, saben bien que en el congreso nadie discutirá su propuesta. Y si saben que eso será así, ¿entonces por qué pretenden llevar a los maestros por ese camino? ¿Esto es realmente ingenuo o es pensado? Ud. maestro saque sus conclusiones. 


O sea que para Patria Roja y la cúpula del SUTEP, frente a lo que ya casi está encima nuestro, lo prioritario y central no es implementar una medida urgentísima y decidida que trate de hacer frente a la avalancha que ya asoma, sino para ellos, lo urgente es el engaña muchachos que hemos señalado en el párrafo anterior. 

De otro lado, en su manifestación pública (volante), la dirigencia del SUTEP reclama "la más amplia unidad" del magisterio "para enfrentar la arremetida del modelo económico y bla, bla, bla, bla......." Aquí algunas preguntas obligadas: ¿A quién le reclaman unidad? ¿A los miles de maestros que hasta hoy se hallan en huelga indefinida (y no hablo de dirigentes) y a quienes los voceros del SUTEP de Patria Roja (de todos sus escalones) se han esforzado y, se esfuerzan, hasta el hartazgo por combatirlos, llamándolos entre otras cosas terroristas y senderistas? ¿Ahora a ellos les piden la más amplia unidad para que luchen juntos por puntos que ya ellos vienen luchando? ¿Y a los divisionistas, infantilistas, emerretistas, anarquistas (y todo lo que termina en "istas") que cuestionamos los métodos antidemocráticos que usan para controlar el gremio y La Derrama Magisterial también nos invitan a la "más amplia unidad" (que por cierto ésta tiene validez solamente cuando es invocada por ellos, porque ¡ay! de aquellos que invoquen la unidad desde una perspectiva que no sea la de ellos)?

¡Ohhhh! De pronto a la cúpula del SUTEP de Patria Roja le cayó un volcán de apertura, al punto que quiere la unidad con miles de docentes "senderistas" y con "divisionistas". ¿Qué curioso no? Cuando los maestros hoy en huelga llaman a la unidad de todo el magisterio para unirse a la lucha, Patria Roja les dice: No nos juntamos con terroristas. Pero si el asunto lo conducen ellos, ahí sí: ven terrorista para acá, o qué. 

Finalmente, los dirigentes del SUTEP hacen una tibia o tímida referencia a la mesa de diálogo que venían sosteniendo con el gobierno. Como si no entendieran que la forma como actuado la ministra de educación y el gobierno constituye un portonazo en la cara de ustedes, un puntazo en el trasero de los que ahí solían sentarse con los del MED, puntazo que de alguna manera u otra alcanza por lo menos a ciertos sectores del conglomerado magisterial. Esta es una razón más para levantar la voz y el puño y poner los pies en las calles ahora mismo y sumarse a los que ya llevan casi dos meses en lucha.

ESPECIALISTA EN EDUCACIÓN ADVIERTE QUE NUEVA LEY DE REFORMA EDUCATIVA TRAERÁ PROBLEMAS


ESPECIALISTA EN EDUCACIÓN ADVIERTE QUE NUEVA LEY DE REFORMA EDUCATIVA TRAERÁ PROBLEMAS


Problemas legales y políticos son lo que el experto en temas de educación, Juan Borea Odría, advierte al Ejecutivo en caso llegue a entrar en vigencia la Ley de Reforma Magisterial.
A su entender, a pesar de las buenas intenciones, al eliminar la estabilidad laboral (pues deroga la Ley del Profesorado) muchos profesores podrían considerar que se está vulnerando uno de sus derechos adquiridos en el tiempo.
"Ese fue el motivo por el cual la Ley de la Carrera Pública Magisterial no lo hizo y fue voluntaria. Fue una decisión política. Ahí van a tener un problema legal y político", sostuvo.
El también miembro del Consejo Nacional de Educacion (CNE) remarcó que ese ligero cambio no era necesario hacerlo con otra ley, pues el resultado final del proyecto de Ley de Reforma Magisterial "es casi idéntico" a la Ley de Carrera Pública Magisterial.
Según dijo, las únicas diferencias que le halló al texto fueron el incremento de cinco a ocho en los niveles magisteriales, el aumento de tres a cuatro en las áreas de desempeño, y, finalmente, su obligatoriedad.
"A este último punto es a lo que yo le tengo un poco de miedo. Creo que el Sutep y otros profesores van a decir que no pueden aceptar ese articulado en la ley", reiteró tras señalar que debió mantenerse la CPM.
Fuente: La República

AFRONTAR EL PROBLEMA DEL MAGISTERIO


Afrontar el problema del magisterio

La educación escolar en nuestro país adolece de muy graves deficiencias desde hace décadas. En realidad, lo más justo sería decir que es deficiente desde siempre, pues si alguien recuerda épocas en que la escuela peruana cumplía mejor sus funciones, posiblemente no tiene en cuenta el contexto de vasta exclusión social en el que ello ocurría. Era relativamente más viable ofrecer una educación escolar aceptable cuando ella se dirigía únicamente a una fracción minoritaria de peruanos. Con el sistema educativo ha ocurrido lo mismo que con varias otras instituciones del país: no supo acatar el mandato de inclusión y, por tanto, de universalidad del servicio,  preservando al mismo tiempo un nivel adecuado de calidad. La universalidad se tradujo en masificación y a partir de ahí se propuso a la población un pacto deshonroso para nuestro Estado: educación de calidad para quienes puedan pagar por ella y un simulacro de educación para la enorme mayoría que precisa del servicio público.
Corregir esa situación demanda, como es obvio, un esfuerzo descomunal y, sobre todo, sostenido. Se precisa abandonar iniciativas erráticas y esporádicas. Y se precisa, también, mirar de frente a la integridad del problema en lugar de complacerse en golpes de efecto apenas útiles para la refriega política, no para la transformación necesaria.
La actual ministra, Patricia Salas, y su equipo ministerial representan una oportunidad para cambiar en algún sentido relevante el estado de cosas en el sector de educación. En un gobierno que ofreció cambios, pero que muy pronto se olvidó de esa oferta, la gestión del Ministerio de  Educación es una de las pocas opciones de transformación todavía vigentes. Por ello, impresiona, aunque no sorprende del todo, la campaña de desprestigio y de demolición política que repetidamente dirigen contra ella los sectores más conservadores y más renuentes a una transformación inclusiva en el país.
Hace algunos meses, se empleó como pretexto para desacreditar a la gestión ministerial los contenidos de textos escolares en relación con el tema de la violencia armada. Hoy se recurre a la deformación y tergiversación de una importante iniciativa como es la de reformar las normas relativas a la carrera pública magisterial no solo para mejorar los términos en que esta se hallaba planteada sino también para proponer vías de solución más abarcadoras a la cuestión del magisterio en el país.
El problema de nuestra educación escolar tiene muchas facetas y la del magisterio es una de ellas. No es la única, pero sí es una de las más importantes, y ello puede entenderse de dos modos distintos: para algunos, los más ciegos y obtusos, parece significar que hay que declarar al maestro y a sus gremios como un enemigo por derrotar y avasallar. Para otros, que comprenden la situación en sus verdaderos términos, significa que no se puede transformar verdaderamente la educación escolar tomando al docente como enemigo o como pieza pasiva o fungible en el proceso. Se trata, por ello, de buscar la forma creativa, dialogante, basada en principios, de ganar al magisterio hacia la causa de la reforma, que es de los niños y niñas del país.
No cabe desconocer dos de las grandes dificultades que hoyse hallan en el sector magisterial para avanzar en una mejor dirección. Una es estructural e histórica y se refiere a las insuficientes competencias de los docentes y al desprestigio de un papel que debiera estar entre los más valorados socialmente. La otra es el tipo de politización de tonos radicales que ha conquistado protagonismo desde hace décadas en el gremio. Hoy eso se expresa,  de la forma más crítica,  en el crecimiento de una facción afín a Sendero Luminoso.
Pero no todo el Sutep ni su dirigencia están en esa lógica; más bien, hay ahí elementos que pueden ayudar a atajar las inaceptables pretensiones del senderismo. Satanizar todo contacto y diálogo con esa dirigencia es una ceguera penosa o un cinismo descomunal. Es, sobre todo, la expresión de una tendencia conservadora intransigente que parece abocada a destruir o bloquear todo esfuerzo serio de cambio en nuestra sociedad.
Tratar de modo adecuado el problema requiere revalorar la condición del docente. Para eso se necesita sapiencia, compromiso y paciencia, no el oportunismo que exhiben los detractores de los cambios propuestos.
Salomón Lerner Febres
Por

¡HUELGA DEL CEN ES PARA LIQUIDAR LA ESTABILIDAD LABORAL


HUELGA DEL CEN ES PARA LIQUIDAR LA ESTABILIDAD LABORAL¡

En el Sector Educación, el neoliberalismo empuja LA PRIVATIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA Y LA FLEXIBILIZACIÓN LABORAL. Desde el gobierno de Fujimori se traza este negro plan siendo continuado por todos los gobiernos de turno y cada vez con mayor amenaza.
Año 1991 Fujimori con el DS. 051-91-PCM congela la Remuneración y recorta brutalmente todas las bonificaciones de la Ley Del Profesorado (Bonif. Por tiempo de servicios; luto y sepelio; 30% por Preparación de Clases); empobreciendo al magisterio 21 años; en todo este tiempo el CEN no defendió al magisterio contra esta injusta norma.
Año 2003  Toledo. Surge el CONARE SUTEP que convoca a Huelga Nacional  para el 14 de mayo contra los proyectos de Ley Marco de Educación; en defensa de la educación pública, los derechos laborales  y por aumento de sueldos. Por primera vez el magisterio es alertado por el CONARE SUTEP de todo el plan de municipalización  y liquidación de la estabilidad laboral (El CEN presionado convoca la huelga el 12 de mayo, pregona LA UNIDAD y traiciona la Huelga por “40 puntos” y le hace la comparsa al gobierno presentando al congreso su Proyecto Educativo Nacional y se deroga la Ley de Educación.
Toledo Promulga la Nueva Ley de Educación N° 28044; Art. 4 niega su carácter de derecho fundamental a la Educación para convertirla en “servicio público”; Art. 57 desconoce la Estabilidad laboral, la Ley del Profesorado y exige nueva Ley de C.P.M.
El CONARE logra presencia en 5 Regiones: Puno, Ayacucho, Junín, Ancash y Huancavelica.
Año 2007 El APRA arremete contra el magisterio, concordante con la nueva ley de Educación amenaza con su proyecto de Ley de CPM. El CONARE SUTEP convoca a Huelga Nacional el 20 de junio en defensa de la estabilidad laboral. El CEN presionado recién convoca la Huelga  el 05 de julio, pregona la UNIDAD y traiciona la Huelga levantándola sin consultar a las bases. El Congreso aprueba sin Pleno, entre junta de portavoces la Ley de CPM  y Alan García Promulga la ley de CPM 29062. El  CONARE presenta recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y Corte Interamericana de Derechos Humanos, entonces el gobierno retrocede y sólo invita a la incorporación, utilizando como anzuelo los sueldos. Los dirigentes traidores del CEN, “sute orgánico”  se incorporan a la nueva Ley de CPM. Alfredo Frizancho, Cecilia Cuito, Fredy Jiménez, etc
EL CONARE logra presencia en 12 regiones: Puno, Tacna, Moquegua, Ayacucho, Junín, Huancavelica, Ancash, Piura, Lambayeque, Huánuco  y  Provincias de Lima y Apurímac.
Año 2012 Humala. La amenaza es “consensuada” lo que la hace más  afinada y peligrosa.  Ante el fracaso de la incorporación a la CPM (Incluido  dirigentes del SUTEP “orgánico” sólo se incorporó el 7% del profesorado). Nombran Ministra de Educación a Patricia salas, Presidenta del Consejo Nacional de Educación desde el año 2002,  que plantea:  
Del fracasado Plan Piloto de Municipalización,  ahora impulsan la “Regionalización”.

De la fracasada Ley de CPM ahora plantean “La Reforma Magisterial” del gobierno  y la  “Nueva Ley del Profesor”  elaborado sólo por la cúpula del CEN SUTEP, nunca se consultó o debatió con las bases y en ningún colegio del Perú. Si bien una es peor que la otra, ambas amenazas consensuan en la derogatoria de la Ley del Profesorado para la inmediata y obligatoria “UNIFICACION DE AMBAS LEYES” y el cambio de régimen laboral.
El CONARE SUTEP convoca a Huelga Nacional el 20 de junio en defensa de la Educación pública y defensa de los derechos laborales del magisterio contemplado en la Ley del Profesorado 24029: Estabilidad Laboral, pago inmediato de las bonificaciones del 30% por preparación de clases, tiempo de servicios, luto y sepelio, etc. y Rechazo al nefasto Plan de Regionalización de la Educación Pública. El gobierno de Derecha aliado al CEN del SUTEP desatan una campaña millonaria de desprestigio contra todos los dirigentes del CONARE tildándolos de terroristas y subversivos tratando de desinflar la huelga que cada día era  más compleja para el gobierno; sin embargo la lucha  se vuelve histórica porque dura 63 días; logrando convocar a 18 Regiones: Puno, Ayacucho, Apurímac, Cusco, Ucayali, Pasco, Tacna, Huancavelica, Junín, Lambayeque, Piura, Tumbes, Moquegua; Provincias de Huánuco, Ancash, Cajamarca, Sectores Lima, Callao.  Se pone en agenda nacional el problema educativo, laboral y los sueldos de hambre y miseria del magisterio.
El CEN del SUTEP presionado y desenmascarado ante las bases, trata de convencer de su “propuesta” de su píldora con veneno manifestando que su Proyecto de Ley  contempla beneficios y han decretado Huelga para el 5 de setiembre, exigiendo celeridad en la discusión, debate  y aprobación de una Ley que unifique al magisterio Oficio N° 110-CEN-SUTEP;  traicionando y engañando una vez más, a los maestros que ingenuamente exigen UNIDAD a estos sátrapas, creyendo que defenderán la estabilidad laboral  con la Ley del Profesorado  N° 24029 y  el pago de la deuda social, que se acumuló 21 años porque jamás exigieron el debido presupuesto en las “Mesas de Diálogo”.
Cada vez son miles los maestros que conocen que el CEN siempre se ha vendido a todos los gobiernos de turno y traicionará su “Huelga” a cambio de la millonaria administración de la Derrama Magisterial; por todo esto, las bases esperan la convocatoria del CONARE que el 8 de setiembre sostendrá una Asamblea Nacional.   Se iniciará la lucha legal con recursos de amparo ante el TC y la CIDH (Año 2007 no pudimos derogar la Ley; y ellos no podían aplicar), y reiniciará la Huelga cuando los nefastos Proyectos de Ley empiecen a ser debatidos en el Congreso. El 30% por preparación de clase y evaluación es patrimonio de cada maestro y eso nadie nos puede quitar.
¡MAESTROS CONSECUENTES, JAMAS SERAN SIRVIENTES¡
La Huelga en sus 63 días ha desenmascarado la política del gobierno de Ollanta que es de DERECHA, que primero reprime y luego llama a dialogar a su manera, es agresivo, intolerante, falso demócrata y servil del imperialismo. Por ello el magisterio y el pueblo, no tiene ilusiones en este gobierno. Quiere implementar el proyecto de la Reforma Magisterial que barre completamente la estabilidad laboral y pone al magisterio en peores condiciones. Hay elementos recalcitrantes, neoliberales a ultranza, que impulsan este camino de hambre y miseria y que  ven con temor el surgimiento de una organización real y consecuente como el CONARE.  Y como dice en sus  versos  Alejandro Romualdo:



“Querrán volarlo y no podrán volarlo.
 Querrán romperlo y no podrán romperlo.
 Querrán matarlo y no podrán matarlo.

Al tercer día de los sufrimientos,
 cuando se crea todo consumado
 gritando ¡Libertad! sobre la tierra,

ha de volver.
¡Y no podrán matarlo!”

¡VIVAEL CONARE SUTEP¡


HISTORIA DE PATRIA ROJA Y LA DERRAMA

BELAUNDE

1984-LOGRAN SE TRANSFIERA LA DERRAMA MAGISTERIAL AL CEN SUTEP


 GOB.
APRA 1988

CONSOLIDAN  DIRECTORIO DERRAMA CON PATRIA ROJA: DE SEIS MIEMBROS: 4 PROPUESTOS POR CEN DEL SUTEP, 1 SIDEPS, 1 MED.


FUJIMORI
1991

AUMENTANAPORTE MENSUAL DE CADA PROFESOR A DERRAMA CALCULANDO AL 0,5% deU.I.T. (medida empresarial). LOS DIRIGENTES, CEN SUTEP SE CONVIERTEN EN EMPRESARIOS MILLONARIOS  A CAMBIO DE EMPOBRECER AL MAGISTERIO CON DS
051-91-PCM.

 TOLEDO
2003

LOGRAN QUE BIENES DE LA DERRAMA NO SEAN  INTANGIBLES PARA VENDERLOS
SIN CONSULTAR A LOS PROFESORES.


APRA
2007

PASAN A INFOCORP A PROFESORES DEUDORES COMO BANCA USURERA Y EXIGE TITULO DE PROPIEDAD (HIPOTECA EN PRESTAMOS MAYORES)  A CAMBIO DE IMPLEMENTAR LEY DE CPM Y NO EXIGIR AUMENTO DE SUELDOS.


GOB.
OLLANTA
2012

CEN PRESENTO AL MED PROYECTO DE REFORMA DEL ESTATUTO DE LA DERRAMA MAGISTERIAL PARA OBLIGAR A APORTAR POR PLANILLA A PROFESORES NOMBRADOS y CONTRATADOS. HAN CONSENSUADO CON EL GOBIERNO LA LIQUIDACIÓN DE LA ESTABILIDAD LABORAL Y SE ASEGURAN QUE APORTEN LOS QUE RESULTEN CONTRATADOS.





























Fuente: SUTEP Regional de Tacna

CEN DEL SUTEP TRAICIONA HUELGAS DEL MAGISTERIO A CAMBIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA MILLONARIA DERRAMA MAGISTERIAL


CEN DEL SUTEP TRAICIONA HUELGAS DEL MAGISTERIO A CAMBIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA MILLONARIA DERRAMA MAGISTERIAL

Así lo demuestra claramente la RM 017-2004-ED publicada en el diario oficial el Peruano, que dispone la prepublicación del proyecto de modificación del estatuto de la "Derrama Magisterial". Con ello, el gobierno tiene "cojido" a los dirigentes nacionales, ya que  de concretizarse la modificación se les acabaría la mamadera, porque se plantea que la elección de los integrantes de la asamblea nacional y de los miembros del directorio  de la Derrama, sea a través de elecciones secretas y universales. Desconoce al CEN del SUTEP. ¡DIFUNDELO¡ ¡LEE¡ ¡INFORMATE¡.


PROYECTO DE MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO DE LA DERRAMA MAGISTERIAL
Capítulo I
DE SU FINALIDAD, OBJETIVOS Y DURACIÓN
Artículo 1º.- La Derrama Magisterial es una institución de servicio, ajena a toda actividad   partidaria y religiosa, creada por D.S. Nro. 078 de fecha 10 de diciembre de 1965 y que comprende a todos los docentes del servicio oficial en todos los niveles educativos, a excepción del Nivel Universitario.
Artículo 2º.- La Derrama Magisterial del Sector Educación es persona jurídica de derecho privado con autonomía administrativa y económico–financiera. Su domicilio institucional está fijado en la ciudad de Lima y su acción de servicio es a nivel nacional.
Artículo 3º.- Son objetivos de la Derrama Magisterial:
a.     Atender la seguridad y bienestar social de sus asociados elevando la calidad de vida del Maestro.
b.     Otorgar servicios de previsión social, crédito social, cultura social, inversión social y vivienda social.
Artículo 4º.- La duración de la Derrama Magisterial es indefinida y su funcionamiento se sujetará al presente Estatuto.
CAPÍTULO II
DE LOS ASOCIADOS : SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES
Artículo 5º.- La Derrama Magisterial comprende a todos los docentes del servicio oficial y fiscalizado del país sin distinción de niveles, clases, ni categorías. Para la atención con préstamos y servicios a los profesores cesantes y contratados el Directorio podrá crear programas especiales; y, a futuro, incorporar activamente a los que lo soliciten voluntariamente, bajo las condiciones que considere el respectivo Reglamento.
Artículo 6º.- El nombramiento como docente en las dependencias a que se contrae el Artículo 5º determina el ingreso automático a la Derrama Magisterial.
Artículo 7º.- Son derechos de los asociados:
a.     Gozar de los beneficios y servicios que establece el presente Estatuto.
b.     Conocer y pronunciarse sobre la marcha de la Institución.
c.     Renovar cuantas veces sea necesario la Carta de Declaratoria de Beneficiarios.
d.     Elegir y ser elegido, para ocupar cargos directivos o representativos, de acuerdo con lo dispuesto en el presente Estatuto.
Artículo 8º.- Son deberes de los asociados:
a.     Aportar las cuotas mensuales por Derrama Magisterial.
b.     Cancelar las obligaciones que contraigan con la Derrama Magisterial, dentro de los plazos establecidos, que correspondan a los servicios de que hayan hecho uso.
c.     Denunciar  con las pruebas pertinentes las irregularidades que se produzcan en la institución, y que sean de su conocimiento.
d.     Asistir a todas las reuniones y actos que sean convocados.
e.     Cumplir con el Estatuto de la Derrama Magisterial y los Reglamentos específicos de los servicios.
CAPÍTULO III
DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO
Artículo 9º.- Los órganos de gobierno de la Derrama Magisterial son:
·         La Asamblea Nacional
·         El Directorio
Artículo 10º.- La Asamblea Nacional es el órgano supremo de la Derrama Magisterial, está conformada de manera democrática por representantes de cada Región, elegidos en acto electoral secreto, directo y universal. El número de representantes por  Región es en la proporción de uno por cada 2.500 asociados. La Asamblea Nacional puede ser Ordinaria o Extraordinaria.
La Asamblea Nacional es dirigida por el presidente del Directorio.
Para ser elegido representante ante la Asamblea Nacional, el asociado tiene que encontrarse hábil.
Artículo 11º.- La Asamblea Nacional Ordinaria se llevará a cabo anualmente en la primera quincena de febrero de cada año. Es convocada por el presidente del Directorio, con citación de sus participantes con treinta (30) días de anticipación, a través de medios de comunicación masiva y de correo certificado, señalando día, hora, lugar y agenda. Asimismo, los acuerdos se tomarán por mayoría simple de sus asistentes, teniendo cada participante derecho a un voto, actuando el presidente del Directorio como dirimente.
Artículo 12º.- La Asamblea Nacional se llevará a cabo con la asistencia de la mitad más uno de los participantes en primera citación; y, en segunda citación con los que asistan.
Artículo 13º.- Compete a la Asamblea Nacional, en sesión  ordinaria:
a.     Aprobar la Memoria Anual del Directorio, presentado por el presidente;
b.     Aprobar el balance y la cuenta anual de la Derrama Magisterial;
c.     Elegir, proclamar, instalar y recibir el juramento de los integrantes del Directorio;
d.     Las demás atribuciones señaladas en el presente Estatuto.
Artículo 14º.- La Asamblea Nacional Extraordinaria se llevará a cabo:
a.     Por acuerdo del Directorio
b.     Por solicitud escrita de más de la mitad de los representantes ante la Asamblea Nacional, y
c.     Cuando lo soliciten en forma escrita, por lo menos el 5% de los miembros habilitados de la Derrama Magisterial, a nivel nacional.
Será convocada por el presidente del Directorio con citación de sus miembros con quince (15 ) días de anticipación, señalando día, hora, lugar y agenda. Asimismo, los acuerdos se tomarán por mayoría simple de sus asistentes, actuando el presidente del Directorio como dirimente.
Artículo 15º.- Compete a la Asamblea Nacional, en sesión extraordinaria:
a.     Ratificar los Reglamentos aprobados por el Directorio;
b.     Decidir respecto a la compra, venta o enajenación de bienes propios de la Derrama Magisterial, con valor superior a cien (100) Unidades Impositivas Tributarias (UIT);
c.     Tratar cualquier otro asunto de orden nacional e interregional que sea sometido a su consideración por el Directorio; y
d.     Pronunciarse por cualquier otro asunto que le competa, de conformidad con el presente Estatuto;
Artículo 16º.- Todas las sesiones de la Asamblea Nacional serán registradas en el Libro de Actas de la Asamblea, bajo responsabilidad del secretario. El acta de cada Asamblea será aprobada por mayoría simple de los asistentes y firmada por tres de ellos, especialmente elegidos por la Asamblea para dicho efecto.
Artículo 17º.- El Directorio es el máximo organismo ejecutivo de la Derrama Magisterial.
Artículo 18º.- El Directorio de la Derrama Magisterial está constituido por siete (07) miembros asociados elegidos democráticamente en Asamblea Nacional, entre sus asistentes.
La condición de Director es incompatible con cualquier otro cargo en una organización magisterial, por  lo que inmediatamente de ser proclamado Director deberá renunciar a cualquier otro cargo.
Artículo 19º.- Los cargos del Directorio de la Derrama Magisterial son:
·         Presidente
·         Vicepresidente
·         Secretario
·         Vocales (4)
Los cargos serán elegidos en el seno de la Asamblea Nacional.
El período de un Directorio es de dos años consecutivos y no podrán ser reelegidos.
Artículo 20º.- Son funciones del Directorio:
a.     Planificar y programar el desarrollo institucional determinando objetivos y metas por alcanzar.
b.     Representar a la Institución en todos los actos y contratos.
c.     Formular y dirigir la política Económica y Financiera de la Institución.
d.     Aprobar el Presupuesto Anual General del ejercicio siguiente
e.     Nombrar y relevar al gerente general y funcionarios de alto nivel.
f.      Contratar al personal técnico y administrativo necesario conforme al presupuesto aprobado, a propuesta del gerente general y removerlos con sujeción a ley.
g.     Verificar y aprobar en segunda instancia los expedientes de solicitudes de los diferentes servicios de la Derrama Magisterial, autorizando el otorgamiento del servicio solicitado.
h.     Otorgar los poderes generales específicos y suficientes al gerente general para el cumplimiento de determinados actos o contratos para la representación legal de la Derrama Magisterial, quien a su vez podrá delegar funciones específicas ante las autoridades judiciales y administrativas.
i.      Autorizar al presidente y al gerente general para que conjuntamente efectúen toda clase de operaciones financieras y bancarias crediticias, cuentas a plazo fijo, cuentas corrientes y otros de sus fondos. Así como operaciones comerciales e industriales, de conformidad con los acuerdos que al respecto adopte el Directorio.
j.      Nombrar los representantes departamentales a nivel nacional con fines administrativos y de divulgación de los objetivos, programas y servicios de la Derrama Magisterial.
k.     Nombrar las comisiones específicas que crea conveniente para el mejor cumplimiento de sus funciones.
l.      Resolver cualquier otro asunto no previsto en el presente Estatuto y que sea de su competencia.
m.    Aprobar el Informe Memoria del Ejercicio.
n.     Comprar y vender bienes así como aprobar la enajenación de activos fijos cuando afecten el 25% del patrimonio inmobiliario.
Artículo 21º.- El presidente del Directorio representa a la Derrama Magisterial, es el personero legal de la institución y preside las sesiones del Directorio.
Artículo 22º.- El presidente tiene derecho a un voto como director y voto dirimente en caso de empate.
Artículo 23º.- El Directorio sesionará ordinariamente una vez a la semana y extraordinariamente cuando lo convoque su presidente o lo soliciten por lo menos 3 de sus miembros.
Artículo 24º.- Los miembros del Directorio son solidariamente responsables de los actos que autoricen o ejecuten, salvo que dejen constancia de su oposición en actas, siendo sujetos a la responsabilidad civil, penal o administrativa a que hubiere lugar.
Artículo 25º.- Los miembros del Directorio y del Consejo de Vigilancia tienen derecho a dieta por sesiones; asimismo a viáticos y gastos de movilidad por comisión de servicio fuera de la capital de la República y a movilidad dentro de la capital.
Artículo 26º.- El presidente del Directorio y del Consejo de Vigilancia, además de la respectiva dieta tienen derecho a gastos de representación que serán sustentados y aprobados mensualmente en sesión de Directorio.
CAPÍTULO IV
DEL ÓRGANO DE CONTROL
Artículo 27º.- El Consejo de Vigilancia es el órgano de control y fiscalización de la Derrama Magisterial.
Artículo 28º.- El Consejo de Vigilancia está constituido por tres miembros que serán elegidos en la misma Asamblea Nacional dispuesta en el artículo 11º del presente Estatuto.
Artículo 29º.- Los cargos del Consejo de Vigilancia son:
·         Presidente
·         Secretario y
·         Vocal
Los cargos serán elegidos en el seno de la Asamblea Nacional.
El cargo de miembro del Consejo de Vigilancia se ejerce por dos años consecutivos. Y no podrán ser reelegidos.
Artículo 30º.- Son funciones del Consejo de Vigilancia:
a.     Fiscalizar los actos del Directorio con sujeción a las normas legales vigentes.
b.     Colaborar con el Directorio proponiendo las medidas adecuadas para la consecución de los objetivos y fines de la entidad.
c.     Verificar la exactitud de los estados financieros y de los inventarios
d.     Revisar permanentemente la contabilidad y ejecución del presupuesto.
Artículo 31º.- El Consejo de Vigilancia, podrá objetar por votación mayoritaria de sus miembros un acuerdo o acto del Directorio. En este caso el Directorio convocará a una reunión conjunta dentro de los ocho días de formulada la objeción, dejando en suspenso el acto objetado.
Si después de esta reunión subsistiera el desacuerdo el Directorio podrá ejecutar el acuerdo o acto objetado bajo su responsabilidad.
CAPÍTULO V
DEL RÉGIMEN ADMINISTRATIVO
Artículo 32º.- La ejecución de los Planes y Programas aprobados por el Directorio y las acciones administrativas que éstos conlleven, serán llevadas a cabo por el gerente general de la Derrama Magisterial.
Artículo 33º.- Los trabajadores de la Derrama Magisterial dependerán jerárquicamente del gerente general.
Artículo 34º.- Las funciones y relaciones entre las diferentes áreas de responsabilidad de la Derrama Magisterial estarán delineadas en el Manual de Organización y Funciones, el que deberá ser elaborado por el gerente general y aprobado por el Directorio.
Artículo 35º.- La Gerencia General dependerá directamente del Directorio de la Derrama Magisterial.
Artículo 36ª.- Los trabajadores de la Derrama Magisterial están sujetos al régimen laborar de la actividad privada.
CAPÍTULO VI
DEL RÉGIMEN ECONÓMICO: PATRIMONIO
Artículo 37º.- Para el cumplimiento de sus fines el patrimonio de la Derrama Magisterial está constituido por:
a.     Los aportes mensuales de los asociados
b.     Los ingresos financieros que resulten de los servicios que brinde.
c.     Los bienes muebles e inmuebles de propiedad de la Derrama Magisterial y las rentas que generen.
d.     Las inversiones en valores.
e.     Las donaciones y legados.
f.      Reservas y otras provisiones.
Artículo 38º.- Al patrimonio de la Derrama Magisterial no podrá darse fines distintos a los señalados en el presente Estatuto.
Artículo 39º.- Los fondos de la Derrama Magisterial se aplicarán en los siguientes conceptos:
a.     De atención a beneficiarios
b.     De administración
c.     De inversión y servicios
Artículo 40º.- Son reservas de la Derrama Magisterial, las siguientes:
a.     Reserva de leyes sociales
b.     Reserva técnica
c.     Reserva libre
CAPÍTULO VII
DE LAS APORTACIONES
Artículo 41º.- El aporte unitario mensual de cada docente será el correspondiente al 0,5% de la Unidad Impositiva Tributaria.
Artículo 42º.- Los aportes se descontarán mensualmente mediante la Planilla Única de Pagos del Ministerio de Educación y por cuotas completas en todos los casos y  mientras el docente permanezca en el servicio activo.
CAPÍTULO VIII
DE LOS SERVICIOS
Los servicios que brindará la Derrama Magisterial a sus asociados son los indicados en este capítulo y los que en el futuro acuerde el Directorio y apruebe el Ministerio de Educación.
Artículo 43º.- Los servicios serán administrados por PROGRAMAS.
Artículo 44º.- EL PROGRAMA DE PREVISIÓN SOCIAL, cubre los siguiente riesgos:
a.     Fallecimiento
b.     Invalidez
c.     Retiro
Artículo 45º.- EL PROGRAMA DE CREDITO SOCIAL, otorga:
a.     Crédito directo
b.     Crédito indirecto
Artículo 46º.- PROGRAMA DE CULTURA SOCIAL, atiende beneficios o servicios en todos los aspectos de la cultura social como:
1.     Biblioteca
2.     Educación post y extra profesional
3.     Danza, cine, teatro
4.     Cursillos, conferencias
5.     Deportes
6.     Excursiones, turismo social
7.     Campos de recreación
8.     Otros
Artículo 47º.- EL PROGRAMA DE INVERSIÓN SOCIAL, realizará estudios de Pre-inversión para proyectos de inversión tanto de la institución como para aquellos que respondan a propuestas razonablemente sustentadas por miembros de la Derrama y debidamente aprobadas conforme al Estatuto.
Artículo 48º.- EL PROGRAMA DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL, comprende:
1.     Urbanizaciones propias de la institución
2.     Construcción en serie de viviendas de interés social
Para el cumplimiento de tales fines podrá recurrir a los créditos sociales con la Banca Privada y de Fomento así como la de segundo piso; y, de ser el caso establecer convenios con los entes estatales promotores.
Artículo 49º.- Los servicios a que se refiere el presente capítulo contendrán cada uno de ellos sus propios reglamentos operacionales los que deberán ser aprobados por el Directorio.
Artículo 50º.- Los programas de servicio se implementarán en forma progresiva, comenzando por el programa de PREVISIÓN SOCIAL.
Artículo 51º.- Las amortizaciones por los servicios otorgados a los asociados, serán descontadas mediante la Planilla Única de Pagos del Ministerio de Educación.
CAPÍTULO IX
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 52º.- La Superintendencia de Banca y Seguros ejercerá la supervisión de las actividades económicas de la Derrama Magisterial, conforme a lo establecido en la normatividad vigente.
Artículo 53º.- El Ministerio de Educación, prestará las facilidades para el mejor funcionamiento de la Derrama Magisterial, pudiendo celebrar convenios bilaterales con dicha institución en beneficio del Magisterio Nacional.
Artículo 54º.- Para la mejor y eficaz atención de los asociados y la utilización de los servicios, la Derrama Magisterial podrá establecer oficinas, agencias o sucursales en el ámbito del territorio nacional.
Artículo 55º.- Los estudios matemáticos actuariales para la Derrama Magisterial se elaborarán cada tres años, salvo contingencias que obliguen a reducir la periodicidad indicada.
Artículo 56º.- En caso de desastres que irroguen a la Derrama Magisterial una alta atención de beneficiarios incursos en el PROGRAMA DE PREVISIÓN SOCIAL Y OTROS, la institución se regirá por lo dispuesto en la legislación correspondiente.
Artículo 57º.- Los asuntos no contemplados en el presente Estatuto serán resueltos por la Asamblea.
Artículo 58.- La Derrama Magisterial por ser persona jurídica de Derecho Privado, será inscrita en los Registros Públicos y no podrá ser disuelta o liquidada por acto resolutivo, sino de acuerdo con los procedimientos que establece la ley en cuyo caso, el remanente de su liquidación se transferirá a una institución de similar o igual índole y finalidad.